La ministra de Sanidad, Mónica García.
Todos los habitantes de España deben tener acceso a los servicios asistenciales, independientemente de su código postal. El
Fondo de cohesión sanitaria es la herramienta que garantiza dicha igualdad entre los pacientes de los distintos rincones del país. Un instrumento que se gestiona a través del Real Decreto 1207/2006, de 20 de octubre, que marca la manera en la que este compensará la atención prestada a aquellos residentes que se deriven a una comunidad autónoma distinta a aquella en la que tienen residencia habitual, para ser recibidos en sus centros, servicios y
unidades designadas como de referencia (CSUR). Una normativa que se debe revisar con periodicidad para
determinar que patologías, técnicas y procedimientos pueden ser objeto de derivación. El objetivo del Gobierno es actualizar este su listado y el impacto económico de cada proceso médico o quirúrgico.
De esta forma, la intención es modificar los anexos I, II y III del Real Decreto, donde se ubican los procedimientos que pueden suponer el cambio de comunidad autónoma y, por ende, la financiación del traslado. Una relación elaborada desde
la perspectiva de la necesidad y la eficacia y acordada en el seno del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud (SNS).
En este momento, el proyecto de reforma de los listados relativos al Fondo de cohesión sanitaria acaba de entrar en fase de audiencia e información pública. Por ello, los interesados podrán enviar aportaciones a la actualización propuesta
entre el 2 y el 22 de octubre. Estas serán enviadas en formato digital al Ministerio de Sanidad, con la correspondiente identificación del remitente.
Cambios en el listado
El catálogo en vistas de aprobación cuenta con
más de 900 supuestos susceptibles de derivación a otra comunidad autónoma. Desde traumatismos o intervenciones quirúrgicas múltiples hasta neonatos o quemaduras. Además, se fija la severidad de cada caso y el coste medio del tratamiento, junto a la compensación procedente del Fondo de cohesión sanitaria, que alcanza el 80 por ciento de la cuantía requerida. Así, un trasplante renal de complicación 4 necesitaría 48.052 euros, de los 38.441 serían cubiertos por la citada herramienta financiera.
Entre las novedades, el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud ha determinado que
cuatro procedimientos dejen de ser respaldados monetariamente por el Fondo. Se trata de la donación y trasplante hepáticos de vivo adulto y el trasplante renal cruzado, junto a su respectivo proceso de donación. Eso sí, dado que la orden se empleará para la liquidación del Fondo correspondiente a 2024, se cubrirá toda la actividad prestada hasta el 20 de noviembre del año pasado.
Las donaciones y trasplantes hepáticos de vivo adulto y renales cruzados se caen de la lista financiadora del Fondo de cohesión sanitaria
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Por el contrario,
ha añadido dos más, dado que el organismo consideraba que la actuación percutánea intracraneal se podía desdoblar. Esto ha generado las distinciones 'Procedimientos vasculares percutáneos intracraneales y extracraneales' y 'Otros procedimientos percutáneos intracraneales'.
Financiación por GRD
Además, se incluyen múltiples procedimientos médicos y quirúrgicos
a compensar en función de la complejidad de los pacientes que trata y no por las altas individuales, lo que se denomina financiación por grupo relacionado de diagnóstico resultante de un proceso de ingreso (GRD). Se incorporan procedimientos espinales, bypass coronario sin IAM o diagnóstico principal complejo, intervenciones cardíacas percutáneas sin IAM, cateterismo cardíaco por otra condición coronaria, enfermedades esofágicas, trastornos congénitos del metabolismo, infecciones del sistema reproductor femenino o quemaduras con injerto de piel.
Este apartado también
cuenta con procedimientos eliminados, debido a la imposibilidad de actualizar los costes para los grupos de pacientes afectados. Eso sí, no significa que no puedan ser financiados a través de la vía no GRD. Es el caso de los procedimientos mayores sobre el aparato respiratorio, la arterioesclerosis coronaria y angina de pecho, los trastornos del tracto y vesícula biliar, la enfermedad crónica de riñón o la malnutrición, retraso en el desarrollo y otras patologías nutricionales.
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