La Intervención General considera que las liquidaciones se hicieron de forma correcta y ajustada a derecho

Hacienda avala el control financiero de Ribera Salud en Alzira y Torrevieja
Alberto de Rosa, consejero delegado de Ribera Salud.


20 oct. 2017 16:40H
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POR REDACCIÓN
El grupo sanitario Ribera Salud ha mostrado su satisfacción tras conocer el resultado del Informe de la Intervención General solicitado en noviembre de 2015 por el actual Consell para resolver cuestiones relacionadas con el control de las liquidaciones en el período 2002-2012.

Dos años después de la petición de este informe, la Intervención General ha emitido un informe concreto y definitivo que avala que "el órgano de contratación se ha ajustado a los pliegos en la confección de las liquidaciones anuales emitidas en la ejecución de los contratos de Torrevieja y Alzira".

Esta es la principal conclusión que se puede leer en la página 7 del informe de 106 páginas que avala que las liquidaciones realizadas en el pasado entre Administración y concesionaria se han realizado adecuadamente y que desmiente la acusación del actual Consell que ha cuestionado reiteradamente el procedimiento de control financiero realizado a las concesiones. De nuevo un informe de la Generalitat Valenciana, como ocurrió con el Informe de la Sindicatura de Cuentas, avala el buen hacer de los concesionarios, que continuamente es puesto en tela de juicio por la actual Consejería.

Recomendaciones

El informe de la Intervención General no solo ha confirmado que las liquidaciones 2002-2012 correspondientes al órgano de contratación son correctas, ajustadas a derecho y cumpliendo el pliego. En el informe se recomienda que la Consejería de Sanidad Universal y Salud Pública articule un procedimiento claro y definido para iniciar las liquidaciones anuales y en este sentido recomienda que la Consejería "inicie los procedimientos administrativos correspondientes que permitan dar cumplimiento a la obligación impuesta por la cláusula 4.6 de los pliegos, que obliga a la Administración a practicar la liquidación anual antes del 31 de marzo del año siguiente al que se liquida".

Es decir, se insta a la Consejería a que resuelva las liquidaciones pendientes con las concesionarias, siguiendo los parámetros de la Consejería anterior, y ajustado al plazo que marca el pliego. 
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