La futura composición de este organismo deberá tender a la paridad entre mujeres y hombres

Nuevo reglamento del Consejo Asesor de Sanidad y Servicios Sociales
La ministra de Sanidad, María Luisa Carcedo.


6 feb. 2019 11:00H
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El nuevo Consejo Asesor de Sanidad y Servicios Sociales ya tiene su nuevo reglamento, a la espera de conocer su futura composición. Este ha sido publicado este miércoles en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y trae consigo varias novedades importantes con respecto al anterior articulado normativo.

La principal novedad en comparación al anterior reglamento es que los vocales del nuevo Consejo Asesor de Sanidad y Servicios Sociales no tendrán que ser obligatoriamente los presidentes de los Consejos Generales de los Colegios Oficiales de las profesionales del sector sanitario.  Estos pasarán directamente al nuevo Comité de las profesiones del sector sanitario y social, una escisión del Consejo Asesor.

Ahora, según la nueva norma, los vocales no podrán ser superior a veinte y serán nombrados por la persona titular del Ministerio de Sanidad, entre profesionales de reconocido prestigio en el campo de la Sanidad, la Medicina, las Ciencias de la Salud y las Ciencias y las Disciplinas Sociales, Económicas y de Igualdad de Género.

Conflictos de intereses 


También el nuevo reglamento, que pasa de seis a once artículos,  incluye que la composición del Consejo Asesor deberá tender a la paridad entre mujeres y hombres. Sobre las normas de funcionamiento, este también incluye una exigencia que deben cumplir los miembros del Consejo Asesor.

El artículo 10, en su punto 3, del nuevo reglamento señala que “en los supuestos en los que se produzca conflicto de interés por parte de los miembros del Consejo Asesor, se deberá comunicar mediante escrito a la Secretaría correspondiente o, en su defecto, a la Presidencia, no pudiendo ejercer sus funciones en los mismos”.

Además, tal y como sucedía en el anterior el anterior código normativo, los miembros de este organismo “no percibirán remuneración alguna por el ejercicio de sus funciones”. 
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