El ministerio detalla los plazos que deben cumplir las universidades para evitar el reintegro de la subvención

Cambios en los requisitos de las subvenciones para el aumento de plazas en Medicina
Facultad de Medicina de la Universidad Complutense de Madrid.


29 nov. 2023 14:00H
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Ante el "insuficiente" número de estudiantes en facultades de Medicina en relación con la oferta de plazas MIR, el Ministerio de Sanidad impulsó el pasado verano un Real Decreto para subvencionar la ampliación de plazas en las universidades públicas, así como las inversiones destinadas a mejorar la calidad docente, cuyo plazo de resolución se cumple el 4 de diciembre. No obstante, desde el organismo dirigido ahora por Mónica García establecen unos plazos determinados para acreditar y justificar el cumplimiento de los requisitos correspondientes o, de lo contrario, las universidades deberán reintegrar la financiación que hayan recibido, así como los intereses de demora.

Como la entrega de los fondos para la ampliación de plazas en Medicina se realiza con carácter previo a la justificación, Sanidad reclama a cada universidad beneficiaria la presentación de una "cuenta justificativa" con carácter semestral en el buzón de correo electrónico del Ministerio de Sanidad. De este modo, se hará una entrega el 30 de junio y el 31 de diciembre de 2024 y el 30 de junio y 31 de diciembre de 2025. Esta cuenta debe incluir los siguientes documentos:
  • Una relación clasificada de los gastos corrientes e inversiones.
  • Las facturas que prueben que los fondos se han destinado de manera correcta.
  • Una relación detallada de otros ingresos o subvenciones que hayan contribuido a la financiación del aumento de plazas en Medicina.
  • Los tres presupuestos que deba haber solicitado el beneficiario.
  • La carta de pago del reintegro, en caso de existir remanentes no aplicados, así como los intereses derivados de los mismos.
  • Una certificación del número de plazas de Medicina incrementadas por la universidad.
También deberán proporcionar una cuenta justificativa completa, que se deberá presentar en un plazo de tres meses desde la finalización del plazo para la realización de las actuaciones subvencionadas, hasta el 31 de marzo de 2026, a través del Registro Electrónico Común de la Administración General del Estado

Además, las universidades deberán acreditar - con datos referidos a fecha 31/12/2023 - la matriculación en todas las plazas subvencionadas. Para ello, Sanidad solicitará un certificado firmado por la autoridad competente de la entidad beneficiaria que debe contener un listado de "todas las matriculaciones realizadas para el curso 2023-2024 en el Grado de Medicina".

En este documento deberán detallar la identificación de todos los alumnos y alumnas que hayan sido matriculados en las plazas del Grado de Medicina a dicha fecha. El plazo de presentación de esta documentación estará abierto hasta el 31 de enero de 2024.


Reintegro de la cuantía si no se cumplen las obligaciones


Las bases de esta convocatoria establecen que las universidades que no hayan cumplido las obligaciones descritas, ya sea total o parcialmente, así como todas aquellas que no hayan ejecutado el gasto antes del 31 de diciembre de 2025 deberán devolver la financiación para el aumento de plazas de Medicina que hayan recibido junto con “la exigencia del interés de demora correspondiente” desde el momento del pago de las subvenciones hasta la fecha que se acuerde el reintegro.

El ministerio también establece que en situaciones de cumplimiento parcial, la cantidad a reintegrar se determinará de manera proporcional al grado de incumplimiento de la actuación a financiar y la cuantía asignada para inversiones no ejecutada. Esto se evaluará a través de la cuenta justificativa presentada por la entidad beneficiaria, teniendo en cuenta la aproximación significativa al cumplimiento total y la demostración de una actuación inequívocamente tendente a la satisfacción de los compromisos.


¿Qué pasa si las plazas extra de Medicina quedan sin cubrir?


En el caso de que la totalidad de las plazas adicionales de Medicina inicialmente subvencionadas no queden cubiertas, Sanidad especifica que las plazas vacantes “no pueden ser objeto de financiación”. Por lo tanto, se deberá retornar el importe de la subvención proporcional a las plazas no cubiertas, tanto en gastos corrientes como en la parte relativa a inversiones por plaza adicional no matriculada. Esto quiere decir que las universidades deberán devolver 15.000 euros por cada plaza que no haya sido matriculada hasta el 31 de diciembre de 2023.

Con respecto al crédito sobrante no ejecutado, se enfatiza que todos los importes de la subvención no utilizados en el plazo establecido “deberán ser retornados en tiempo y forma”. Además, se subraya que el importe de las subvenciones no podrá superar el coste de la actividad subvencionada. En caso de exceder este límite, se procederá al reintegro del exceso obtenido, junto con la exigencia del interés de demora correspondiente.


Beneficiarios de las plazas de Medicina adicionales


El anuncio de esta nueva convocatoria se realizó el pasado 25 de junio, mediante un Real Decreto sanitario acordado en el Consejo de Ministros. Esta norma perseguía la ampliación de plazas adicionales para el Grado de Medicina en las universidades públicas españolas.

La medida forma parte de un modelo de financiación que el Gobierno ya comenzó a plantear en marzo, tras el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud (Cisns). En él, se especifica el reparto del presupuesto entre facultades y el valor de cada nueva plaza de Grado universitario.

Comunidades como Andalucía, Madrid o Cataluña serán las que reciban una mayor parte de los futuros estudiantes de Medicina, mientras que territorios como Navarra o las Islas Baleares apenas incrementan en una decena su oferta de plazas.
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