Tampoco tiene en cuenta a los medicamentos y productos sanitarios incluidos en grupos de aportación reducida



1 abr. 2015 18:07H
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Marcos Domínguez. Madrid
Este miércoles ha entrado en vigor la ley de desindexación, que desvincula los precios de los públicos del Índice de Precios de Consumo (IPC). La subida de los precios y servicios regulados o prestados por administraciones públicas no se actualizarán según este índice, sino que estarán justificados por la evolución de los costes propios del servicio.

La desvinculación afectará a transportes, telecomunicaciones, energía, correos, agua, tasas, sanciones y los precios de los contratos públicos, pero no a otros conceptos como impuestos, instrumentos financieros, negociaciones salariales o pensiones.

De esta norma quedarán exentos, por tanto, los topes máximos aplicados a los pensionistas por el copago en oficina de farmacia, esto es, la mayor cantidad mensual que pueden pagar por sus medicamentos, que seguirá variando según el IPC.

Entre los 8 y los 60 euros

Por tanto, la cuantía máxima a pagar por los pensionistas, según tramos de renta, se mantendrá en 2015 en 8,23 euros (para rentas inferiores a 18.000 euros anuales), 18,52 euros (para rentas entre los 18.000 y los 100.000 euros) y 61,75 euros (para rentas superiores a 100.000 euros).

También mantendrá su vinculación al IPC la actualización de los medicamentos pertenecientes a los grupos ATC de aportación reducida (que es de 4,24 euros este año) y de los productos sanitarios incluidos en la prestación farmacéutica pertenecientes a los grupos de aportación reducida, así como los medicamentos contra el sida financiados por el Sistema Nacional de Salud.

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