Los enfermeros estudian acciones jurídicas contra una ley que tachan de “discriminatoria” frente a otras profesiones

Satse, en contra de que solo los farmacéuticos sean dueños de las boticas
Manuel Cascos, presidente de Satse.


11 nov. 2020 11:30H
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El Sindicato de Enfermería, Satse, está estudiando el inicio de las acciones jurídicas pertinentes ante “la situación de clara ventaja comercial que tienen, en la actualidad, los propietarios de las oficinas privadas de farmacia en nuestro país” y que supone, en opinión de la organización, un perjuicio para otros profesionales que quieren poder tener opción a abrir este tipo de establecimientos comerciales.

Satse ha requerido, tanto a sus servicios jurídicos como a un despacho de abogados externo, que analicen y propongan las actuaciones jurídicas a realizar a corto plazo ante "la discriminatoria situación de privilegio que tienen los farmacéuticos al ser solo ellos los que pueden ser propietarios y titulares de las oficinas de farmacia abiertas al público en nuestro país", explican.

El Sindicato de Enfermería entiende la necesidad de que haya un titulado en Farmacia en las oficinas para dispensar los medicamentos al público con todas las garantías y ofrecer así un servicio de calidad a los ciudadanos, pero no considera que éste tenga que ser en todos los casos el propietario y titular del establecimiento

“Se está perpetuando una evidente exclusión a otros profesionales que pudieran estar interesados en abrir una oficina privada de farmacia, lo que supone en la  práctica una clara barrera de acceso al mercado con los consiguientes perjuicios que suponen este tipo de prácticas comerciales ventajistas y restrictivas”, apuntan desde la organización sindical. 

La normativa española, cuestionada por la UE


Satse recuerda que la obligación establecida en la norma española de que el farmacéutico sea el propietario de la oficina de farmacia ha sido cuestionada por la Unión Europea al entender que entra en colisión con la regulación comunitaria. Es el caso del dictamen motivado emitido por la Comisión Europea en 2006 en virtud del artículo 226 del Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea.

Asimismo, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ya se ha mostrado partidaria de eliminar la normativa que establece como requisito que los propietarios y titulares de las oficinas sean exclusivamente titulados en Farmacia, afirma el Sindicato de Enfermería.

De igual manera, subraya que el Real Decreto Legislativo 1/2017 por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios o la Ley 16/1997, de Regulación de los servicios de las oficinas de farmacia establecen la presencia y actuación profesional de un farmacéutico como condición y requisito imprescindible para la dispensación de medicamentos pero no que deba ser éste también el propietario del establecimiento.

“Entendemos que el rechazo y negativa del colectivo de empresarios farmacéuticos a abrir el mercado se debe a su claro interés de no repartir el margen de ganancias, pero consideramos que hay que mirar el interés general y no el propio en beneficio del conjunto de la ciudadanía”, concluye la organización sindical.
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