Existía la necesidad de someterla a tratamiento con hormona de crecimiento con el fin de tratar la patología que presentaba la paciente



7 may. 2014 13:21H
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Redacción. Burgos
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha condenado a Sacyl al abono de 16.636 euros a los padres de una niña para el reintegro de los gastos médicos ocasionados con motivo del tratamiento prescrito a su hija con hormona de crecimiento.

Cuando la niña tenía seis años, fue remitida por su médico pediatra al Servicio de Pediatría para el estudio de baja talla porque se había producido un "estancamiento ponderoestatural", con disminución de la velocidad de crecimiento en los últimos cinco meses y "no cumplía con percentiles mínimamente aceptables".

Tras un estudio detallado y específico de la menor, el doctor determinó la necesidad de someterla a tratamiento con hormona de crecimiento con el fin de tratar la patología que presentaba. A pesar de la insistencia del médico asistencial, el comité asesor denegó el tratamiento y,  al ver "la necesidad del mismo", el médico asistencial lo prescribió.

Esta sentencia establece que "son los facultativos" los que han de prescribir los tratamientos médicos y farmacológicos que estimen oportunos, sin que quede excluida su financiación por el sistema público de Seguridad Social.
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