Dos sentencias del Tribunal Supremo anulan esta fórmula laboral extendida en todos los servicios de salud

María José Campillo, la responsable de Finanzas y presidenta de CESM Murcia.
María José Campillo, la responsable de Finanzas y presidenta de CESM Murcia.


22 may. 2023 8:00H
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Las médicas han iniciado una ofensiva en todas las comunidades autónomas para tratar de desarticular los contratos ‘virtuales’ de maternidad que los servicios de salud utilizan para reservar una plaza a las facultativas cuando están de baja por embarazo, pero sin abonar ninguna remuneración económica. La decisión del Tribunal Supremo de anular esta práctica laboral en dos sentencias consecutivas ha cargado de argumentos a la profesión que ya presiona a los gobiernos autonómicos para que pongan fin de “oficio” a esta fórmula, según ha podido saber Redacción Médica.

Esta modalidad de contratos se ha convertido en algo recurrente cuando una administración sanitaria autonómica llama a una facultativa para incorporarse a un puesto de trabajo público, pero se encuentra en ese momento de baja por su embarazo. El modus operandi habitual pasa por guardarle el contrato y puntuarle en la bolsa de empleo. Sin embargo, no se reconoce ni el derecho a la prestación económica correspondiente al perfil de empleo ni una cotización ordinaria a la Seguridad Social.

El Tribunal Supremo ya anuló por primera vez esta práctica en junio de 2022 cuando dictaminó que el contrato utilizado para incorporar a una técnico de Radiodiagnóstico del Servicio Extremeño de Salud cuando estaba en la semana 33 de gestación no estaba amparado por el derecho. La jueza María Pilar Molina concluyó entonces que este tipo de contratación en diferido resultaba “discriminatoria por razón de sexo”, ya que limita las posibilidades laborales de las mujeres y las coloca en “una situación de desventaja por el riesgo asociado a la maternidad en general y al embarazo en particular”.

La sentencia, a la que ha accedido este periódico, determinó que el camino escogido por Extremadura resultaba contrario al artículo 14 de la Constitución Española y dio la razón a la demandante que había presentado un recurso. “Deben ofrecerse las medidas alternativas razonables a la situación específica de la trabajadora, por circunstancias derivadas de la maternidad, que impidan o neutralicen una posible vulneración del principio de no discriminación”, reza el texto.

Este resultado judicial volvió a repetirse apenas cinco meses después, aunque en esta ocasión se trataba de una médica especialista en Interna del Servicio Andaluz de Salud. La sentencia, firmada por la misma jueza, volvió a concluir que se había producido una “discriminación por razón de sexo” al postergar el nombramiento de la facultativa como personal estatutario temporal que le correspondía por turno, debido a que estaba de baja por embarazo.


Ofensiva sindical contra los contratos 'virtuales'


La Confederación Estatal de Sindicatos Médicos (CESM) se ha convertido en una de las organizaciones que ha levantado la voz contra estas prácticas en el conjunto de las comunidades autónomas y que ha tratado de presionar a las respectivas consejerías para que den marcha atrás e incluso abonen con retroactividad las remuneraciones económicas correspondientes a todas las mujeres que se han encontrado en esta situación.

María José Campillo, la responsable de Finanzas y presidenta de CESM Murcia, ha explicado a Redacción Médica que el sindicato tiene constancia de que los contratos 'virtuales' por maternidad son una tónica habitual en todas las comunidades autónomas. “Estamos reclamando que se haga un contrato real, como dice la sentencia, con todos los derechos laborales que se deriven del mismo”, ha subrayado. 

La líder sindical ha advertido que las contrataciones en diferido representan una “pérdida económica importante” para las sanitarias que están embarazadas y que se ven obligadas a recurrir a las prestaciones por desempleo del paro, ya que no tienen derecho a cobrar un sueldo, pese a tener un puesto asignado. Un fenómeno especialmente perjudicial para las gestantes que comienzan su baja pronto por factores como la fecundación in vitroel riesgo de aborto. “En los momentos que más lo necesitas, cuando estás esperando a tus hijos, es cuando más problemas te encuentras económicamente”, ha enfatizado. 

Campillo ha lamentado que no haya una reglamentación de carácter nacional que permita controlar este tipo de contrataciones en un contexto marcado por las competencias sanitarias que disponen las comunidades autónomas, mientras que ha pedido más implicación de todas las administraciones. “La misma transparencia y seguridad que se le exige a la empresa privada se le tiene que exigir a la pública. Para eso tiene que haber una legislación”, ha expuesto. 

En todo caso, la portavoz de CESM se ha mostrado confiada a que el resultado de las sentencias termine por eliminar los contratos 'virtuales' de maternidad del conjunto de la sanidad, pese a las reticencias de los propios servicios de salud. “Segurísimo que terminará revirtiéndose en todas las comunidades autónomas, pero no será a la vez. Antes o después en todas ocurrirá”, ha vaticinado.
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