La sentencia afirma que queda probado que no existe un protocolo concreto de actuación relativo al intercambio

La Justicia admite el 'solape' de jornada enfermera como tiempo trabajado
Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León


28 sept. 2018 16:25H
SE LEE EN 3 minutos
POR REDACCIÓN
El sindicato de enfermería Satse ha ganado una sentencia en el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León que reconoce como tiempo trabajado el que dedican las enfermeras que trabajan en los centros dependientes de la Gerencia de Servicios Sociales a dar la continuidad asistencial entre los turnos de trabajo, conocido como "solape" de jornada.

Esta situación afecta a 155 profesionales que atienden a 2.168 residentes en la Comunidad y Satse interpuso demanda de conflicto colectivo frente a la Gerencia de Servicios Sociales de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades para reclamar dicho reconocimiento.

En algunas de las residencias mixtas y asistidas para personas mayores dependientes de la Gerencia existen unidades de convalecencia en base a convenios de colaboración suscritos con Sacyl. En dichas unidades permanecen pacientes que requieren cuidados y atención especiales, que no pueden llevar a cabo en su propio domicilio.

El fallo entiende que debería de ser una práctica a erradicar


Las enfermeras que trabajan en estas residencias (en turnos de mañana, tarde y noche) atienden a estos pacientes y es habitual que, antes de los cambios de turno y de fichar, intercambien información entre las enfermeras entrantes y salientes, información diversa y complementaria a la reseñada en el libro de incidencias, relativa a la situación de los pacientes a su cargo sobre cuestiones como medicación, cuidados especiales que requieren, nuevos ingresos, etcétera.


El fallo entiende que existe una transmisión verbal de información del truno saliente al entrante


En aplicación de la doctrina del Supremo (establecida confirmando una sentencia del TSJ de Andalucía), la sentencia del alto tribunal castellanoleonés afirma que se ha de calificar "el tiempo de solape entre turnos sucesivos, en el que se trasmiten información verbal sobre el tratamiento suministrado a algunos enfermeros o las condiciones particulares de estos como tiempo de trabajo efectivo".

El fallo entiende que existe una transmisión verbal de información médica de este personal del turno saliente a los del turno entrante, "que a juicio del abogado recurrente se realiza 'voluntariamente' por el personal de enfermería, lo que supone el reconocimiento implícito de que existe esa transmisión de información entre turnos" y que, además, es "necesaria" para mantener los cuidados médicos de los pacientes, "pues de lo contrario debería ser una práctica que se hubiera erradicado".


Una fórmula de trabajar "atruista y gratuita"


Además, establece que no se puede exigir que sea realizada por el personal "de una forma altruista y gratuita", sino que debe ser retribuida como tiempo de trabajo, al ser necesaria para la continuidad de los tratamientos médicos, y formar parte del contenido funcional de la categoría profesional de enfermería.

Se estipula que el 'solape' debe ser retribuida como tiempo de trabajo


Asimismo, apunta que hay "información que no puede incluirse en los partes informatizados, que tienen una estructura rígida y que no permite apreciaciones personales que puedan permitir al compañero conocer mejor la personalidad del paciente".

En los hechos probados, la sentencia del TSJCyL afirma que queda probado que no existe un protocolo concreto de actuación relativo al intercambio de información entre turnos y que la propia Administración posee informes de evaluación de riesgos laborales que recomiendan que en el cambio de turnos se intercambie la información relativa a las incidencias producidas en el turno anterior.

La sentencia de la Sala Social 1 del TSJCyL establece que se debe entender por "continuidad asistencial" la necesidad de transmitir la información asistencial necesaria para el desempeño adecuado de sus funciones en los cambios de turno, función que viene atribuida a los enfermeros.


Las informaciones publicadas en Redacción Médica contienen afirmaciones, datos y declaraciones procedentes de instituciones oficiales y profesionales sanitarios. No obstante, ante cualquier duda relacionada con su salud, consulte con su especialista sanitario correspondiente.