El Supremo considera que dicho criterio vulnera la Ley 29/2006, de 26 de julio, de garantías y uso racional de los medicamentos



17 nov. 2015 16:31H
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Redacción. Madrid
Europa no será un referente en el precio de los medicamentos. El Tribunal Supremo de Justicia ha anulado una disposición adicional del Real Decreto −que regula el sistema de precios de medicamentos del Sistema Nacional de Salud (SNS)−, que establecía que el precio de determinados fármacos debía bajar automáticamente si en otro país de la Unión Europea era inferior al que tenía en España.

Antoni Esteve, presidente de Farmaindustria.

La sala III del Supremo ha indicado que dicho criterio vulnera la Ley 29/2006, de 26 de julio, de garantías y uso racional de los medicamentos, pues establece un sistema de revisión de precios fuera de los supuestos legalmente previstos. En este sentido, la corte estima el recurso interpuesto por Farmaindustria contra la norma que aprobó el Ministerio de Sanidad el año pasado.

En este sentido, la sentencia considera “improcedente trasladar aritméticamente” al sistema español el precio industrial con el que se comercializa la presentación en otro país “sin valorar en absoluto las circunstancias o especificidades de los distintos países afectados y sin contemplar siquiera parámetros tales como renta per cápita, características del correspondiente sistema público sanitario o eventuales fluctuaciones del valor de sus divisas”, sentencia.

La resolución del Supremo agrega que dicha disposición “se excede claramente de su función de colaboración y complemento indispensable de la Ley que desarrolla”, debido a que  establece un sistema “no previsto, ni contemplado en absoluto en los preceptos legales que resultan de aplicación”. No obstante, desde el Ministerio de Sanidad han precisado que la disposición anulada no tiene efectos prácticos, ya que España es actualmente uno de los países de la Unión Europea, con los precios más bajos de los medicamentos.

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