La resolución ratifica la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha



18 dic. 2014 14:23H
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Redacción. Toledo
El Colegio Oficial de Médicos de Toledo expresa su satisfacción por la sentencia fallada por el Tribunal Supremo, donde se da la razón a la argumentación jurídica de la letrada de la asesoría jurídica del Colegio, reconociendo la nulidad del Plan de Ordenación de Recursos Humanos del Sescam y anulando la jubilación forzosa de una médico del Complejo Hospitalario de Toledo.

Luis Rodríguez Padial, presidente del Colegio de Médicos de Toledo.

La médico no tendrá que ser readmitida al haber cumplido ya los 70 años, que es la edad obligatoria para la jubilación, pero tendrá que ser indemnizada económicamente, incluidos los intereses correspondientes, por el Sescam.

En su momento, la Junta Directiva del Colegio de Médicos de Toledo se posicionó en contra de dicho Plan de Recursos Humanos del Sescam por considerar que no reunía los requisitos necesarios para ser considerado un verdadero Plan de Ordenación de Recursos Humanos y que lo único que buscaba era la jubilación de multitud de profesionales sanitarios de nuestra comunidad autónoma. 

Asimismo, el Colegio Oficial de Médicos de Toledo siempre sostuvo la idea de que era un grave error, por parte del Sescam, jubilar a los médicos a partir de los 65 años pues se prescindía de la profesionalidad y experiencia de médicos altamente cualificados que hacen que el sistema sanitario funcione mejor y que son el referente para la enseñanza de la profesión médica a los médicos más jóvenes.
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