Ricardo Martínez Platel. Madrid
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha declarado la pérdida de objeto del recurso de casación interpuesto por los colegios de Enfermería de Alicante y Valencia, contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
Las entidades colegiales reclamaban la celebración de elecciones y teniendo en cuenta que los comicios se han celebrado, porque el Tribunal Supremo emitió una sentencia que resolvía a el recurso de casación presentado por el Colegio de Enfermería de Castellón “con el objetivo de dejar sin efecto las últimas elecciones al pleno del Consejo General de Enfermería celebradas en 2011”, en este punto, los nuevos recursos no tienen lugar.
Ante la posibilidad de que surjan cuestiones controvertidas, los recurrentes las podrán plantear en ejecución de sentencia.
REGÍSTRATE GRATIS
PARA SEGUIR LEYENDO
¿Ya eres premium? Inicia sesión
Aviso importante
El usuario desde el que está intentando acceder a este contenido no está registrado como profesional autorizado para acceder a esta información. Esta noticia informa sobre novedades farmacológicas y, por ley, está reservada a profesionales de la salud habilitados para la prescripción o dispensación de medicamentos.
Volver a la portada de Redacción Médica
Las informaciones publicadas en Redacción Médica contienen afirmaciones, datos y declaraciones procedentes de instituciones oficiales y profesionales sanitarios. No obstante, ante cualquier duda relacionada con su salud, consulte con su especialista sanitario correspondiente.