El TSJ de la Comunidad Valenciana obliga a indemnizar a la familia de una paciente que no plasmó su visto bueno



27 ago. 2015 13:36H
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Ricardo Martínez Platel / Redacción. Madrid
La sección segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana ha condenado a la Generalitat a indemnizar con 10.000 euros a la familia de una mujer que falleció tras una intervención urgente practicada por una hernia para la que no firmó el consentimiento informado.

De esta forma, la sala estima en parte el recurso de la familia contra la presunta desestimación de la reclamación de responsabilidad patrimonial que habían presentado el 14 de septiembre de 2012, aunque únicamente por la parte de la falta de consentimiento informado y no por los errores y el retraso en el diagnóstico de la dolencia de la paciente, como pedía la hija de la fallecida, que solicitaba un total de 132.821 euros de indemnización.

Hay que subrayar que actualmente el 70 por ciento de las demandas que sufren los facultativos van encaminadas a la ausencia o errores a la hora de obtener el consentimiento informado. El informe de un especialista aportado por la familia apuntaba la existencia de tres errores médicos -falta de exploración y de analítica y de ingreso para tratamiento- que llevaron a una pérdida de oportunidad terapéutica y que la condujo a la muerte. Otro informe de un especialista en Cirugía General y del Aparato Digestivo consideraba que este caso había sido de "difícil diagnóstico" y por ello había pasado desapercibido en las dos primeras asistencias y que la intervención quirúrgica urgente a la que fue sometida se hizo de forma adecudada.

Para la sala, a la vista de todos los datos, considerada que la alegada demora en el diagnóstico, "aun siendo hipotéticamente posible dos días antes, no fue determinante causalmente del fallecimiento de la paciente", que era diabética y tenía hipertensión, ni significativa de una pérdida de oportunidad. Pero sí que entiende que  ha habido responsabilidad por omisión del consentimiento de la paciente para la realización de la intervención, ya que aunque era urgente no fue inmediata al diagnóstico.

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