Míriam Nogueras

Míriam Nogueras / Imagen de Eduardo Parra / Europa Press

Política

Junts enmienda a la totalidad la Ley de las Organizaciones de Pacientes: "Relega a un segundo plano a los sistemas sanitarios autonómicos"

El grupo parlamentario pide "respeto efectivo a la distribución constitucional y estatutaria de competencias"

Un marco jurídico "estable" reconocerá la voz de los pacientes en el SNS

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El Grupo Parlamentario Junts per Catalunya ha presentado una enmienda a la totalidad al Proyecto de Ley de las Organizaciones de Pacientes, tal y como consta en el Boletín Oficial de las Cortes. Aunque comparten la finalidad de la iniciativa, que no es otra que reconocer la actividad de las organizaciones de pacientes y facilitar la participación en las políticas públicas que les afectan; desde la formación denuncian que la regulación "consolida un nuevo circuito estatal de interlocución, representación e incidencia sobre las políticas sanitarias, que sitúa la Administración General del Estado como centro ordinario y principal de decisión, y relega a un segundo plano los sistemas sanitarios de las comunidades autónomas que, como Catalunya, disponen de amplias competencias, de un modelo propio y de estructuras de participación plenamente desarrolladas".

Esta iniciativa, afirman, "no es un hecho aislado". "Se inscribe en una sucesión de normas y proyectos impulsados, especialmente desde la pandemia de la Covid-19, que tienden a convertir las competencias estatales sobre bases y coordinación general de la sanidad en un título expansivo para dirigir, uniformizar o duplicar espacios de planificación, evaluación, información, gobernanza y participación, que corresponden, al menos en el caso de Catalunya, a la Generalitat de Catalunya", exponen en la enmienda que publica este martes el Congreso de los Diputados. La experiencia excepcional de la pandemia, argumentan, "no puede convertirse en el fundamento permanente de un cambio silencioso del modelo territorial de la sanidad".

La formación liderada por Carles Puigdemont afirma en su argumentario que la norma "pretende reforzar las organizaciones de pacientes de ámbito estatal como interlocutoras ante la Administración del Estado, en los órganos del Sistema Nacional de Salud y en el ámbito de las políticas públicas sanitarias". A partir de esta premisa, detallan, "los artículos 5 a 10 configuran un conjunto propio de derechos de información y participación; imponen obligaciones específicas al Ministerio de Sanidad; ordenan la intervención de estas entidades en la elaboración, modificación, revisión y evaluación de estrategias, planes y disposiciones generales; prevén su presencia en diversos órganos estatales; crean un censo estatal, y articulan medidas estatales de fomento y financiación".

La voz de los pacientes en el sistema sanitario

Tal y como subrayan, el proyecto "persigue un sistema completo de reconocimiento, selección, capacitación, financiación e interlocución de determinadas entidades privadas para que incidan, transversalmente, sobre la agenda sanitaria. Y lo hace, además, identificando como espacios "naturales" de participación el Comité Consultivo del Sistema Nacional de Salud, el Foro Abierto de Salud, el Consejo de Gobernanza y el Grupo de Acción del sistema de evaluación de tecnologías sanitarias y la Mesa para la Participación de Pacientes". Esta arquitectura, señalan, "proyecta un imaginario institucional inequívoco: la Administración General del Estado, que aparece como la administración sanitaria de referencia, mientras que las comunidades autónomas, que gestionan los servicios, planifican los recursos, ordenan las prestaciones y mantienen la relación cotidiana con los pacientes, quedan fuera del circuito que la ley presenta como representativo de la voz de los pacientes en el Sistema Nacional de Salud."

Además, el grupo comandado por Míriam Nogueras en la Cámara Baja advierte que la premisa con la que nace esta ley, según la cual es necesario regular la interlocución con los pacientes, "es errónea". "Las organizaciones de pacientes existen, actúan y participan en los sistemas sanitarios como el de Catalunya. Si no se había considerado necesaria una ley estatal especifica no era por ausencia de organización social ni de participación, sino porque la interlocución se ha producido de manera natural en el ámbito de las administraciones que ejercen efectivamente las competencias sanitarias", defienden.

Además, desde Junts subrayan que el proyecto "no construye la participación mediante mecanismos de relación entre administraciones sanitarias, ni parte de la pluralidad de los sistemas autonómicos. Establece una relación bilateral entre el Ministerio de Sanidad y las organizaciones calificadas como de ámbito estatal, y atribuye a esta relación una proyección general sobre las políticas del Sistema Nacional de Salud". Esta técnica, denuncian, "no coordina la diversidad existente: superpone a ella un centro estatal de representación".

La formación también hace alusión en su texto a varios artículos de l'Estatut d'Autonomia de Catalunya, que atribuye a la Generalitat la competencia exclusiva sobre la organización y el funcionamiento interno, la evaluación, la inspección y el control de los centros, servicios y establecimientos sanitarios; y le reconoce, en todo caso, la competencia compartida sobre la ordenación, la planificación, la determinación, la regulación y la ejecución de las prestaciones y los servicios sanitarios, sociosanitarios y de salud mental de carácter público; sobre las actuaciones de salud pública, y sobre la planificación de los recursos sanitarios de cobertura pública. "El Proyecto limita formalmente su ámbito a entidades inscritas en el Registro Nacional de Asociaciones que actúan en más de una comunidad autónoma. Sin embargo, crea incentivos institucionales y financieros para que la representación de los intereses de los pacientes se desplace hacia entidades de ámbito estatal, y para que estas adquieran una posición preferente ante los poderes públicos. El sistema sanitario catalán no es una mera división administrativa del Sistema Nacional de Salud. Es el resultado de décadas de autogobierno, planificación propia e integración de una red plural de provisión bajo responsabilidad pública", reivindican.

Interlocución estatal "paralela" con los pacientes

La participación de los pacientes, destacan, "no puede separarse del lugar donde se deciden, ejecutan y evalúan las políticas". "Una interlocución estatal paralela, concebida como representación general de la voz de los pacientes, diluye esta responsabilidad y debilita el vínculo entre participación y autogobierno". Además, Junts considera que el proyecto quiere legislar un ámbito material excesivamente abierto: "Es necesario evitar que el Estado construya un canal privilegiado, dotado de visibilidad, recursos y acceso institucional, que acabe determinando qué organizaciones son percibidas como representativas y qué agenda se presenta como la voz común de los pacientes. El riesgo no es hipotético: deriva directamente de los incentivos y de la jerarquía institucional creados por el Proyecto".

Por último, Junts cree que el proyecto se aleja de la participación de los pacientes y pone el foco en la recentralización. "Una iniciativa respetuosa con el modelo territorial debería partir de las estructuras autonómicas de participación, reconocer su pluralidad y articular, en su caso, mecanismos de cooperación entre estas estructuras para las cuestiones que requieran coordinación estatal. También debería delimitar estrictamente la intervención del Ministerio a sus competencias propias, garantizar la participación de las comunidades autónomas en cualquier proceso relativo al conjunto del sistema y evitar que la financiación estatal altere la representatividad construida en cada territorio"; defiende.