Durante muchos años la jubilación forzosa de los médicos estatutarios fue a los 70 años. Se nos viene a la cabeza el nombre de muchísimos compañeros que ejercieron la profesión en nuestros hospitales con éxito y prestigio hasta esa edad, algunos incluso hasta los 75 años como consultores o figuras honoríficas.

Al renovar el Estatuto Marco para el personal sanitario en 2003, se estableció la edad de jubilación forzosa en los 65 años. Con una visión retrospectiva resulta sorprendente que se tomara aquella decisión en su día ante la evidente perspectiva, hoy cumplida, de una progresiva mayor longevidad y la necesidad creciente de personal sanitario por el aumento de la población, inmigración, patologías emergentes, creación de nuevos hospitales, etc. Hoy día, en efecto, se llega generalmente a la edad de entre 65 y 70 años en muy buenas condiciones físicas e intelectuales y mucha gente prefiere mantenerse laboralmente activo en esa edad, aunque dicha decisión naturalmente debe de ser individual y voluntaria.

La jubilación del personal facultativo a la edad de 65 años cuando se lleva a cabo de manera forzosa supone la exclusión, la descapitalización y la renuncia a que continúen numerosos profesionales que a esa edad contribuyen cotidianamente con una gran aportación al sistema sanitario, tanto en el ámbito de la asistencia, como en el de la docencia e investigación.

Bajo un reconocimiento implícito --pero muy limitado-- de estas, premisas diez años después del estatuto, la Comunidad de Madrid a través de su Consejería de Sanidad estableció la Resolución de 25 de marzo de 2013 de la Dirección General de Recursos Humanos publicada en BOCAM el 26 de marzo de 2013 para la “prolongación y prórroga del servicio activo” que tenía y tiene como objeto evitar dicha jubilación a los 65, pero sólo en algunos casos y con un procedimiento burocrático muy complejo y elaborado.

En la actualidad para prolongar es necesario hacer un complicado proceso administrativo con una solicitud escrita con 6 meses de antelación acompañada de:
  • Memoria de trayectoria profesional
  • Proyecto de actividad a realizar durante el periodo para el que se solicita la prolongación que debe de incluir hipotéticamente “aspectos de mejora y racionalización” en el ámbito de actuación
  • Reconocimiento médico para acreditar la capacidad funcional del solicitante
Una vez realizado lo anterior se ponen en marcha unos trámites que incluyen:
  • Emisión de Informe del Servicio de Prevención / Salud Laboral
  • Emisión de Informe de la Gerencia del Centro
  • Elevación de la propuesta a la Dirección general de RRHH
  • Resolución y prolongación por solo un año debiéndose de repetir la solicitud año por año hasta los 70
La normativa actual, donde la prolongación del servicio activo se presenta como algo “graciable”, no parece afortunada. Da lugar a muchos agravios comparativos con muchos otros empleados públicos a los que se prorroga de manera automática si lo solicitan, y también agravio entre hospitales por una diferente interpretación de la normativa entre los centros e incluso dentro del mismo centro.

Se da la circunstancia que los facultativos que en lugar de estatutarizarse, como de alguna manera se invitó a hacer en su momento a todo el personal sanitario, permanecieron en su condición de funcionarios o laborales son actualmente prorrogados por Función Pública con automatismo hasta los 70 años. De esa manera se está penalizando a los que adaptándose al sistema mayoritario pasaron a ser personal estatutario que ahora ven como se han de jubilar a los 65 años (o entrar en la engorrosa petición de prórroga) cuando sus compañeros funcionarios o laborales continúan con solo solicitarlo si así lo desean.

La crisis del coronavirus deja en evidencia la política de recursos humanos


Cuando escribimos estas líneas nos encontramos en plena pandemia de coronavirus que ha conllevado un vuelco absoluto en el sistema sanitario, en sus recursos y en sus necesidades materiales y humanas.


"En esta crisis del coronavirus se han puesto de manifiesto las necesidades estratégicas de tener una amplia y adecuada dotación de personal, más aún en aquellas especialidades críticas como la Neumología"


En esta crisis se han puesto de manifiesto las necesidades estratégicas de tener una amplia y adecuada dotación de personal, más aún en aquellas especialidades críticas como la Neumología, así como la instauración sin excusas de unidades de cuidados respiratorios intermedios (UCRIS). Además, se ha recurrido como refuerzo de personal a recién graduados aún sin formación y se han “recuperado” a facultativos jubilados.

En este escenario que estamos viviendo y a la espera de posibles ondas de rebote de esta pandemia del coronavirus (que ha venido para quedarse) parece que lo obvio, lo que piden las circunstancias es reinterpretar la normativa actual y establecer la prórroga automática para aquellos facultativos estatutarios que voluntariamente lo soliciten.

Resulta desconcertante que nuestro empleador, con el que llevamos cerca de 40 años trabajando en muchos casos, nos pida tramitar un dossier en el que le relatemos nuestra trayectoria profesional (que debe conocer y conoce) y un proyecto de lo que hacemos y queremos hacer (que lo debe conocer y conoce). ¿Es necesario explicar esto para seguir haciendo lo que se viene haciendo, que es lo que implícitamente se desea?

También parece absurdo si se está trabajando con normalidad “exigir un peritaje médico”. Debería bastar con revisar el perfil de ILT´s y el hecho de si se está cotidianamente activo o no ¿Quién se erige en juez para decidir si por este o aquel achaque o enfermedad se está en condiciones o no de trabajar? Quizás esta sea la respuesta y esto no puede, ni debe seguir así.

Seguramente la responsabilidad de los profesionales bastaría, creo que ha quedado sobradamente acreditada esta característica en todos los estamentos sanitarios. Por todo ello nos reiteramos en la exigencia de que es el momento de readaptar la normativa a la realidad actual