Los datos tendrán carácter público, aunque por motivos de seguridad, se podrán codificar



20 mar. 2015 14:23H
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Hiedra García Sampedro. Madrid
Los registros profesionales de colegios y consejos autonómicos y generales deberán actualizarse antes de 2016 para poder adaptarse a las premisas del estatal que se presentará a principios del año que viene. Así se acordará en la reunión del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud del próximo jueves, donde se abordarán los principios generales que deben tener en cuenta los colegios profesionales, consejos autonómicos y consejos generales a la hora de realizar el registro de sus colegiados.

Carlos Moreno, director general de Ordenación Profesional.

Estos deben garantizar “su interoperabilidad” con el estatal, y así dar cumplimiento a la Ley de Ordenación de las Profesiones Sanitarias. Los registros de colegios y consejos deberán de esta manera adaptarse para garantizar la buena comunicación con el registro estatal, cuya aprobación aparecía en el Boletín Oficial del Estado en agosto de 2014.

En este sentido, otro de los principios generales que deben seguir es la “facilidad en el acceso a los datos”. Este requisito debe conjugarse con el de respeto a la normativa sobre protección de datos y la confidencialidad, como así se acordará en el pleno del Consejo Interterritorial, según el orden del día al que ha tenido acceso Redacción Médica.

Entre los datos que deben reflejar estos registros públicos está en documento nacional de identidad del profesional, su nombre y apellido, fecha de nacimiento, sexo, nacionalidad, titulación, especialidad, diploma de áreas de capacitación específica, diploma de acreditación y de acreditación avanzada, colegiación, recertificación, situación profesional, dirección profesional, ejercicio profesional, lugar de ejercicio, categoría profesional, función o situación de habilitación profesional.

Todos estos datos tendrán carácter público, aunque por motivos de seguridad pública o personal de los profesionales sanitarios, se podrán utilizar códigos u otros fórmulas que permitan su salvaguarda.

Es el Ministerio de Sanidad el que regulará los criterios generales de estos registros en el marco de los Consejos Generales; mientras que las comunidades autónomas lo harán para los colegios profesionales y consejos autonómicos.

Registro Estatal

En la última reunión oficial del Consejo Interterritorial el pasado 14 de enero, se acordaron los criterios relativos a la transferencia y al acceso a los datos del Registro Estatal de Profesionales, donde también se establecía como requisito la colaboración y cooperación entre organismos, entidades y corporaciones.

Sin embargo, uno de los aspectos regulados, el que se refería a que los organismos que proporcionan sus datos sólo podrán tener acceso a estos, fue criticado por los consejos, como el de Enfermería, que interpuso un recurso al proyecto del Registro Estatal de Profesionales.

Según el Consejo de Enfermería, debe haber una completa interoperabilidad de los datos. Puesto que son varios los registros afectados, los enfermeros abogan porque la información incluida se comparta y circule “en ambas direcciones”.

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