Envía una circular en la que detalla qué tratamientos se pueden seguir prescribiendo



27 ene. 2016 18:36H
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Redacción. Pamplona
El Departamento de Salud del Gobierno de Navarra ha dictado este miércoles una serie de instrucciones ante los “problemas” que crea la entrada en vigor del Real Decreto de prescripción enfermera.

El consejero de Salud, Fernando Domínguez.

La circular, firmada por el consejero de Salud, Fernando Domínguez, insta al personal de enfermería a seguir dispensando medicamentos y productos sanitarios “en los mismos términos en que se venía haciendo hasta ahora” y en tanto no se clarifique “la situación de inseguridad jurídica” originada por dicho decreto.

Salud considera que la entrada en vigor del Real Decreto el pasado 24 de diciembre “se hizo sin el consenso profesional requerido y sin que se hayan habilitado los requisitos y garantías necesarias”. Según una nota, con estas medidas, de aplicación en todos los centros y servicios sanitarios públicos y privados de la Comunidad Foral, la consejería persigue garantizar la “continuidad asistencial” en relación con la práctica enfermera, “protegiendo así la salud de los pacientes”.

Tratamientos incluidos

La carta –dirigida a colegios profesionales de Médicos y de Enfermería, a la dirección gerencia del Servicio Navarro de Salud y a las distintas unidades que dependen de ella– menciona la aplicación de vacunas incluidas en el Calendario oficial de vacunaciones, que por su carácter poblacional nunca han precisado de prescripción médica individualizada, así como la administración de fármacos y productos sanitarios incluidos en las pautas establecidas en los centros sanitarios para la preparación de pacientes para la realización de determinadas pruebas complementarias y en especial los relacionados con el programa de detección precoz del cáncer de colon.

También se incluyen en la circular la continuidad de los tratamientos de los pacientes crónicos; la utilización de productos sanitarios y administración, o aplicación por diversas vías de fármacos en actuaciones de urgencia, y/o siguiendo instrucciones verbales dictadas por médicos en caso de urgencia vital; y la aplicación de fármacos para el mantenimiento de las vías.
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