Sanidad y CCAA abordarán el desarrollo por el que se regula la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano



13 mar. 2015 18:09H
SE LEE EN 2 minutos
Cristina Alcalá. Madrid
Los consejeros de Sanidad de las diferentes comunidades autónomas abordarán con el ministerio el desarrollo de prescripción enfermera, un documento que lleva en el cajón desde 2009, en el próximo Consejo Interterritorial del día 26 de marzo, según la información a la que ha tenido acceso Redacción Médica.

Sanidad presentará a las autonomías el proyecto de real decreto por el que se regula la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano por parte de los enfermeros.

La finalidad de esta normativa es regular de un lado, las actuaciones de estos profesionales en esta materia, así como el procedimiento para la validación de protocolos y guías de práctica clínica y asistencial, encargados a la Comisión Permanente de Farmacia del Consejo Interterritorial.

En su desarrollo, el real decreto establece el objeto y ámbito de aplicación; el seguro de responsabilidad que deberán asumir estos profesionales (supeditado por los colegios profesionales); el orden de dispensación; la elaboración de protocolos y guías de práctica y clínica asistencial, que serán supervisados por la Dirección General de Salud Pública; así como las funciones de la Comisión Permanente de Farmacia, entre otros aspectos.

En el artículo 8 del capítulo IV de la disposición se especifican las características generales que debe tener la acreditación de los enfermeros. En este apartado se explica que la obtención de la misma “no supondrá, por sí misma, una modificación del puesto de trabajo” y tampoco podrá “ser valorada como mérito para la provisión de puestos de trabajo”. Asimismo, para conseguir, el profesional tiene que tener el título de Graduado en Enfermería y haber adquirido las competencias necesarias según lo previsto en este real decreto.

Las acreditaciones deberán ser remitidas a la Dirección General de Ordenación Profesional del ministerio, cuyos datos serán protegidos bajo la ley que lo regula.

Este desarrollo normativo no supondrá un incremento del gasto público, tal y como destaca el texto, y su entrada en vigor será el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

ENLACES RELACIONADOS:

Acceda al desarrollo de este real decreto

Las CCAA darán su visto bueno a la prescripción enfermera el 26 de marzo (12/03/15)

Alonso retoma la prescripción enfermera (28/01/15)

Las informaciones publicadas en Redacción Médica contienen afirmaciones, datos y declaraciones procedentes de instituciones oficiales y profesionales sanitarios. No obstante, ante cualquier duda relacionada con su salud, consulte con su especialista sanitario correspondiente.