La partida se ampliará si resultara necesario



20 ene. 2015 13:31H
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Redacción. Bilbao
El Gobierno Vasco, a través del Departamento de Salud convoca nuevamente en 2015 ayudas de compensación del copago farmacéutico, manteniendo así su compromiso de asegurar la adherencia a los tratamientos médicos de determinados grupos de población en situación objetiva de enfermedad y necesidad.

Jon Darpón.

A partir del 2 de febrero de 2015 se podrán solicitar las ayudas para hacer frente al gasto en fármacos, mantener así los tratamientos y garantizar la atención de las personas más desfavorecidas evitando desigualdades en salud, objetivos de
estas ayudas.

Las ayudas de este año se destinarán a facilitar la adherencia a los tratamientos prescritos, por el personal del Sistema Sanitario de Euskadi que estén sujetos a financiación, entre el 1 de diciembre de 2014 y el 30 de noviembre de 2015. Para ello, el Departamento de Salud destinará una partida de casi 11,5 millones de euros, ampliables si fuera necesario, para atender a todas las personas beneficiarias de esta ayuda.

Así, con la aprobación de la Orden y su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, el plazo para la presentación de solitudes se iniciará el día 2 febrero y las personas que estén interesadas en obtener la ayuda en 2015 tendrán que presentar la solicitud a partir de esa fecha. En este sentido, el Departamento de Salud quiere destacar que las personas que solicitaron las ayudas de 2014 y que quieran recibir las ayudas de 2015, tendrán que presentar la solicitud también en 2015.

Podrán beneficiarse de estas ayudas aquellas personas que: ostenten la condición de asegurado como pensionistas de la Seguridad Social -y sus beneficiarios-, tengan unos ingresos en rentas anuales inferiores a 18.000 euros y sean titulares de la Tarjeta Individual Sanitaria expedida y cuyo garante sea el Sistema Sanitario de Euskadi; se hallen en situación legal de desempleo -y sus beneficiarios- y no perciban prestación por desempleo ni Renta de Garantía de Ingresos, y sean titulares de la Tarjeta Individual Sanitaria expedida y cuyo garante sea el Sistema Sanitario de Euskadi.

Así mismo podrán optar aquellos que no teniendo la condición de aseguradas ni beneficiarias del Sistema Nacional de Salud, entren dentro del ámbito de aplicación subjetiva del Decreto 114/2012 de 26 de junio, de régimen de las prestaciones sanitarias del Sistema Nacional de Salud en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Euskadi, y carezcan de recursos.

También se incluye a los pensionistas de Muface, Mugeju e Isfas, empadronados en el País Vasco y con rentas anuales menores de 18.000 euros y sus beneficiarios.
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