El voto se efectuará por los electores en el Centro de Salud que les corresponda



5 abr. 2013 13:30H
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Redacción. Pamplona
El director gerente del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea ha dispuesto la publicación en el Boletín Oficial de Navarra (BON) la Resolución 349/2013, de 12 de marzo, por la que se convocan elecciones para la designación de Vocales en la Junta Técnico Asistencial de Atención Primaria.

Ángel Sanz Barea, gerente del SNS.

Serán elegidos dos representantes de los directores de Equipos de Atención Primaria, uno urbano y uno rural; un representante de los médicos de Urgencias de Atención Primaria, un representante del personal de enfermería de Urgencias de Atención Primaria; uno de la sección de Salud Bucodental; dos de los Jefes de unidad de Enfermería de los Equipos de Atención Primaria, uno urbano y otro rural; dos de los Médicos de Familia de los Equipos de Atención Primaria, uno urbano y otro rural; uno de los Médicos Especialistas en Pediatría y sus áreas específicas de los Equipos de Atención Primaria; uno del personal de Enfermería de Atención Primaria; uno de los asistentes sociales de los Equipos de Atención Primaria y un representante del personal administrativo de los Equipos de Atención Primaria.

Con carácter general, el voto se efectuará por los electores en el Centro de Salud respectivo, al que deberán desplazarse para ejercer su derecho al voto durante el periodo de votación que establezca la Junta Electoral.

Los directores de Zona Básica de Salud, o en su defecto los jefes de Unidad de Enfermería, serán las personas responsables de las votaciones que se efectúen en sus respectivos Centros de Salud.

Para efectuar la votación, el elector introducirá su papeleta en un sobre que cerrará, y éste juntamente con la fotocopia del documento nacional de identidad, se introducirá en otro sobre mayor que, también cerrado, lo entregará al responsable de las votaciones en el centro correspondiente. En el exterior del sobre mayor, el elector escribirá el sector o colectivo por el que vota.

El responsable de las votaciones irá anotando por sectores o colectivos las personas que votan, a las que entregará, si lo solicitan, justificante de que han depositado su voto.

Finalizado el periodo señalado para votaciones, cada responsable remitirá por correo interno los sobres que contengan los votos, agrupados por sectores o colectivos, a la Junta Electoral (en la dirección de Atención Primaria), que los custodiará hasta su entrega a la Mesa Electoral para su recuento.

 

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