Será elaborado por los profesionales con una duración de cuatro años



4 dic. 2014 13:55H
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Redacción. Valladolid
El Consejo de Gobierno ha aprobado este jueves el decreto por el que se regula la constitución y funcionamiento de las Unidades de Gestión Clínica en el Servicio de Salud de Castilla y León (Sacyl). Esta nueva fórmula organizativa pretende incorporar la cultura de la corresponsabilidad de los profesionales en la gestión de los recursos públicos y la descentralización de la gestión, orientando la actividad hacia los resultados en salud, la utilización de los recursos y la mayor eficacia, según informa la Junta.

Eduardo García Prieto, gerente del Servicio de Salud de Castilla y León.

El modelo aprobado persigue, según señala el gobierno regional, fomentar la capacidad auto-organizativa de los profesionales, dotándoles de niveles adecuados de autonomía y responsabilidad en la toma de decisiones clínicas, e impulsar la agrupación funcional y eficiente de los profesionales.

Tras su tramitación, el decreto refuerza cuatro de sus componentes principales: la naturaleza jurídica pública de las unidades de gestión clínica; su funcionamiento de acuerdo con las normas de los hospitales y de la Atención Primaria; el mantenimiento de los profesionales como trabajadores públicos; y la voluntariedad para formar parte de estas unidades.

Las unidades de gestión clínica surgen, según establece la norma, del interés expreso de los equipos clínicos englobados dentro de la Gerencia Regional de Salud y de la voluntaria incorporación de los profesionales a las mismas. Por tanto, podrán constituirse en unidad de gestión clínica uno o varios equipos de Atención Primaria y/o una o varios servicios o unidades de hospitalarias.

Su implantación deberá adaptarse a las necesidades asistenciales

La Junta apunta que de esta forma se promueve una estructura organizativa que permite una implantación evolutiva, flexible, que deberá adaptarse a las necesidades asistenciales que han de definir los profesionales con un proyecto de cuatro años de duración que incluirá la actividad asistencial prevista, los resultados en salud, los indicadores de calidad y de seguridad, el gasto previsto y los procedimientos de mejora y de evaluación. Hasta ahora estos planes de gestión eran comunes para todo el hospital o toda la Atención Primaria de una provincia; se pretende que se los equipos profesionales adapten estos planes a las características de cada unidad.

Los profesionales que pasen a conformar una unidad de gestión clínica seguirán manteniendo la misma relación jurídica administrativa de vinculación con la Gerencia Regional de Salud de forma que el personal seguirá en la misma situación administrativa. Además, seguirán ejerciendo las funciones correspondientes a su categoría profesional y propias de la plaza que ocupan, si bien en el marco de una estructura organizativa basada en el principio de autogestión.

El decreto prevé cuatro grados de autonomía en la gestión de estas unidades que se alcanzarán progresivamente en función del cumplimiento de los objetivos previstos en el Plan de Gestión presentado. Por otra parte, la evaluación positiva de las unidades de gestión clínica será tenida en cuenta en el acceso de los profesionales que participen en las mismas a los programas de docencia, formación e investigación de la Gerencia Regional de Salud, además de tenerse en cuenta en la carrera profesional y poder participar en el cobro del complemento de productividad -a partir del primer año de constitución-.

No obstante, dichas cuestiones requerirán de previos desarrollos normativos, momento en el que se procederá a negociar con las organizaciones sindicales, por cuanto el objetivo del decreto se limita a sentar las bases comunes sobre las que han de pivotar la creación de las futuras unidades de gestión clínica.
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