Queda por determinar ‘’la cuantía correspondiente a los cuarenta y cuatro días reclamados’’



11 mar. 2014 14:04H
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Antonio Gutiérrez, presidente del Sindicato Médico de Sevilla.

Redacción. Sevilla
El juzgado de lo Contencioso Administrativo número 10 de Sevilla, ha estimado la demanda que el letrado del Sindicato Médico de Sevilla presentó y reconoce como parte de la extra el concepto ‘’paga adicional’’.

El Tribunal Supremo se ha posicionado sobre este mismo asunto al afirmar que ‘’las pagas extraordinarias se devengan día a día, por lo que los trabajadores tienen derecho a su percepción y la aplicación de la norma no puede tener efecto retroactivo’’.

En cuanto a la paga adicional, el magistrado ha expuesto que queda por determinar ‘’la concreta cuantía correspondiente a los cuarenta y cuatro días reclamados’’. El letrado del SAS afirma que dicho concepto es ajeno a la paga extra, pero que basta ‘’ver la nómina de la extra de 2012 para darse cuenta de que la propia administración considera la paga adicional como un concepto más’’.
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