Las infracciones que contempla van de los 300 euros para las consideradas leves, hasta 40.000 euros para las consideradas graves y el medio millón de euros para las infracciones muy graves



27 may. 2011 16:14H
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Redacción. Madrid
El Gobierno ha aprobado este viernes, a propuesta de la ministra de Sanidad, Política Social e Igualdad, Leire Pajín, el proyecto de Ley Integral para la Igualdad de Trato y la No Discriminación.

Leire Pajín comparece tras el Consejo.

Respecto al ámbito subjetivo de aplicación, la Ley incluye a todas las personas, incluidas las personas jurídicas. Respecto al ámbito objetivo de aplicación, la Ley alcanza a los siguientes ámbitos: empleo y trabajo por cuenta ajena y por cuenta propia; acceso, promoción, condiciones de trabajo y formación en el empleo público; afiliación y participación en organizaciones políticas, sindicales, empresariales y profesionales; educación; asistencia sanitaria; protección social, prestaciones y servicios sociales; acceso a bienes y servicios a disposición del público, incluida la vivienda, siempre que se ofrezcan fuera del ámbito de la vida privada y familiar; acceso y permanencia en establecimientos o espacios abiertos al público; y publicidad y medios de comunicación.

Respecto a los motivos de discriminación, se incluyen los recogidos en el artículo 14 de la Constitución Española y los seis motivos de discriminación incluidos en la normativa comunitaria, incorporando dos nuevos motivos de discriminación: identidad sexual y enfermedad. Así, los motivos de discriminación que se recogen en esta Ley son: nacimiento, origen racial o étnico, sexo, religión, convicción u opinión, edad, discapacidad, orientación o identidad sexual, enfermedad o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.

En el Capítulo II se establece el derecho a la igualdad de trato y no discriminación en determinados ámbitos de la vida política, económica, cultural y social: empleo y trabajo tanto por cuenta ajena como por cuenta propia, organizaciones (políticas, sindicales, empresariales…), educación, atención sanitaria, servicios sociales, acceso a la oferta pública de bienes y servicios, vivienda, establecimientos o espacios abiertos al público y medios de comunicación social y la publicidad.

Por último, en función de la gravedad de la discriminación, las infracciones se sancionan con multas que abarcan desde los 300 euros para las consideradas leves, hasta 40.000 euros –como máximo- para las consideradas graves y el medio millón de euros –también como máximo- para las infracciones muy graves. Además, se añade un artículo que recoge la prescripción de infracciones y sanciones.
 


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