Ricardo Martínez Platel
El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana ha anulado el segundo ejercicio de la OPE de 2009 de Farmacia de Áreas de Salud y obliga a su repetición. Una de las afectadas presentó una reclamación al entender que existían una serie de irregularidades en la confección de los ejercicios y en la adopción de acuerdos por el órgano colegiado relacionados con los principios de igualdad de mérito y capacidad.
La Administración ha admitido que parte de la información que era necesaria para resolver el ejercicio práctico tenía un acceso reservado a funcionarios que ya prestaban sus servicios profesionales en la misma, y que a esta información se podía acceder al menos a nivel corporativo.
Sin embargo, en las bases no había mención alguna a la posibilidad de que los aspirantes pudieron solicitar documentos o programas de trabajo de carácter interno de la Administración que guarden relación con el temario de la oposición.
Para responder el ejercicio practico se necesitaba contar con información a la que no podía accederse públicamente, y considerando la Sala el ejercicio práctico como inescindible y sin que tampoco la Administración haya aportado elementos que permitan la anulación solo de determinadas preguntas , procede en su consecuencia anular el segundo ejercicio del concurso oposición ordenado su repetición.
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