Así, se mantendrá al frente del órgano colegial durante dos años más

Kepa Urigoitia mantendrá la Presidencia del Consejo de Colegios de Médicos del País Vasco durante una legislatura más
Kepa Urigoitia.


4 mar. 2024 14:30H
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Kepa Urigoitia, presidente del Colegio Oficial de Médicos de Álava (Icoma), vuelve a ocupar la Presidencia del Consejo de Colegios de Médicos del País Vasco (Ccmpv), que aglutina a los tres Colegios de Médicos del la Comunidad Autónoma Vasca (CAV). Así, el mayor representante del Icoma mantendrá su puesto de presidente de los especialistas vascos durante una legislatura más, tal y como ha informado el propio órgano colegial de Euskadi en un comunicado.

Su mandato se extenderá durante dos años, el tiempo estipulado para que cada Colegio asuma la Presidencia de turno del Consejo. El Ccmpv cuenta con un Órgano Plenario, en el que están representados los tres Colegios de Médicos, y de un Órgano de Gobierno, conformado por las personas que ocupan la Presidencia y la Secretaría de cada uno de los tres Colegios vascos además de por la persona que ocupa la Tesorería del Colegio que ostente la presidencia, ha especificado el propio ente colegial en su escrito.

Además, tal y como han especificado desde el propio Consejo de Colegios de Médicos del País Vasco, la Secretaría del órgano médico estará en manos de Gregorio Mediavilla, mientras que la Tesorería recaerá en las manos de Alberto López de Ocáriz, de la Junta Directiva del Icoma.


Consejo de Colegios de Médicos del País Vasco


Tal y como se describe en los Estatutos del Ccmpv, corresponde al propio Consejo el ejercicio, en el ámbito de la comunidad autónoma de Euskadi, de las funciones que, para el ámbito del Estado, tenga en cada momento asignado el Consejo General de Colegios de Médicos (Cgcom).

Asimismo, asume, en su ámbito de actuación territorial, todas las competencias que la legislación vigente le otorga e, independientemente de éstas, aquellas otras que de una manera expresa le delegue la Administración y en concreto las establecidas en el artículo 42 de la Ley 18/1997 de 21 de noviembre.

Además, el Ccmpv se relacionará con la Administración de la CAV a través del Departamento de Salud, o el que resulte competente en esta materia, en las cuestiones relativas a los contenidos de la profesión. También se relacionará con el departamento competente en materia de Colegios Profesionales en todo lo referente a los aspectos profesionales generales y a los institucionales y corporativos de carácter general.
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