La comunidad reorganiza las competencias y establece una nueva estructura interna



16 sept. 2015 17:53H
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Redacción. Murcia
El Consejo de Gobierno ha aprobado un Decreto en modificación del que rige los órganos directivos de las consejerías (de 10 de julio de 2015), y un Decreto por el que se establecen los órganos directivos del Servicio Murciano de Salud (SMS), derogando así al aprobado en 2007.

Guillén.

La Consejería de Sanidad estima que, por razones organizativas y de eficacia en la gestión administrativa, es conveniente introducir determinadas modificaciones en sus órganos directivos con la finalidad de contribuir a la concreción y mejora de la organización administrativa y de las competencias y funciones atribuidas. El objetivo es ganar en operatividad, eficiencia y transparencia en la gestión.

De este modo, se ha procedido a modificar las competencias de dos de las Subdirecciones Generales de la Dirección General de Planificación, Investigación, Farmacia y Atención al Ciudadano.  Entre las competencias anteriormente atribuidas a esta Dirección General y que ahora pasan al SMS se encuentran la calidad en la prestación sanitaria y la gestión en materia de documentación sanitaria y de bases de datos del ámbito científico-sanitario, en especial en lo relativo al desarrollo del Portal Sanitario de la Región de Murcia.

Los órganos de gestión del SMS quedan por tanto distribuidos entre dos direcciones generales y la secretaría general técnica. Así pues, de la Dirección General de Asistencia Sanitaria dependerán cinco subdirecciones generales: Atención Sanitaria y Continuidad Asistencial, Servicios y Unidades incluidos en las distintas Áreas de Salud, Innovación y Cronicidad,   Humanización de la Asistencia, Calidad Asistencial, Seguridad y Evaluación y, por último, Aseguramiento y Prestaciones.

Con estos decretos, que no suponen un incremento de recursos económicos, se mantiene la estructura básica, pero con competencias más definidas y claras en cada uno de los servicios, conforme a su naturaleza y finalidad.
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