Según el escrito presentado, considera que la Junta Directiva a cargo de Manuel Martinez-Sellés carece de funciones

Tomás Merina, ganador de las elecciones del Icomem
Tomás Merina, ganador de las elecciones del Icomem.


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Tomás Merina ha presentado un nuevo escrito como parte del proceso que enfrenta el Ilustre Colegio Oficial de Médicos de Madrid (Icomem), luego que su candidatura fuera anulada hace más de cuatro meses. Esta vez, se ha dirigido al Consejo de Transparencia y Protección de Datos de la Comunidad de Madrid para pedir explicaciones sobre el cese de la Junta Electoral, decisión tomada por la actual Junta Directiva a cargo de Manuel Martinez-Sellés, sin que el procedimiento electoral haya concluido con el traspaso de poderes, según ha plasmado.

En el documento, al que ha tenido acceso Redacción Médica, Merina detalla que en una resolución con fecha de 2 de abril de 2025, se le informó que "se ha dado por concluida la actividad de la Junta Electoral hasta que en su caso, se acuerde lo que proceda como consecuencia de la resolución administrativa y/o judicial", por lo que "ya no contestará" a nuevas peticiones de acuerdos, ya que carece de funciones para ello.

Así, solicita el acceso a la decisión de cese y expone los motivos por los que esta sería "contraria a derecho", afectándolo directamente, así como a la candidatura que representó por Icomem Para Todos en las pasadas elecciones de diciembre de 2024.


Argumentos de Tomás Merina ante el Consejo


En la exposición de motivos, Merina considera que este dictamen de la Junta Directiva en funciones puede "suponer una merma" de sus derechos e intereses, por lo que solicitó que le trasladaran la resolución, acto administrativo o decisión, por la que se da por concluida la actividad de la Junta Electoral; sin embargo, su pedido se desestimó por silencio administrativo, es decir, no obtuvo respuesta.

A esto añade la posibilidad de nulidad de la decisión asumida por la Directiva, al no ser "competente para acordar el cese de la Junta Electoral" y destaca que según los artículos 15.3º y 18.8º de los Estatutos "no es competente para cesar o suspender las funciones de la Junta Electoral", mucho más porque se encuentra con el mandato "caducado". 

Este periódico solicitó al Icomem dirigido por Martínez-Sellés cuáles fueron las razones que se contemplaron en la decisión de dar por concluida la labor de la Junta Electoral, aunque no obtuvo respuesta. 
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