El Tribunal de lo Contencioso-Administrativo apela a que el mandatario no cumplía el requisito de ser médico en activo

La Justicia confirma la anulación de la candidatura de Merina al Icomem.
Tomás Merina.


El Tribunal de lo Contencioso-Administrativo de Madrid ha confirmado la anulación de la candidatura de Tomás Merina a las elecciones del Colegio Oficial de Médicos autonómico (Icomem) celebradas en diciembre de 2024. La sentencia apunta a que el mandatario no cumplía el requisito de ser médico en activo. De esta forma, respalda la decisión de la Comisión de Recursos del Icomem de apoyar la presidencia de Manuel Martínez-Sellés, quien durante este tiempo se ha mantenido en el cargo en situación de ‘interinidad’

Las elecciones para renovar durante un periodo de cuatro años la junta directiva del Icomem, el colegio de médicos más multitudinario de España, se celebraron el 17 de diciembre de 2024 y a ellas concurrían tres candidatos: Tomás Merina, Manuel Martínez-Sellés y Esther Rubio. Ganó el primero con holgura (4.475 votos, el 47 por ciento del ‘censo’), mientras que Rubio obtuvo el apoyo de 2.580 colegiados (27 por ciento) y Martínez-Sellés, de 2.393 (25 por ciento).

Martínez-Sellés recurrió las elecciones al advertir que Merina no cumplía con uno de los requisitos estatutarios para liderar el Icomem: ser médico en activo. Una postura que abrazó la Comisión de Recursos del organismo, que en enero de 2025 anuló la candidatura vencedora. Lejos de resignarse, Merina recurrió ante el Contencioso-Administrativo, al que reclamó que se le permitiera tomar posesión de su cargo como presidente de forma cautelar (demanda que fue rechazada). Desde entonces, la junta directiva del Colegio se ha mantenido en una inédita situación de interinidad con Martínez-Sellés al frente.

Ahora, el Tribunal de lo Contencioso-Administrativo de Madrid ha vuelto a desestimar el recurso de Tomás Merina y ratifica la anulación de su candidatura. En la sentencia, a la que ha tenido acceso Redacción Médica, el Tribunal incide en que el mandatario madrileño no ha acreditado con garantías que se encontrara en ejercicio activo de la Medicina. Puntualiza, en este sentido, que estar colegiado o dado de alta en una mutualidad no lo demuestra, y que la jurisprudencia establece que la actividad ha de ser “real, efectiva y material”, no meramente formal o registral.

Situación de "jubilado" de Tomás Merina


“Llama la atención que […] en el escrito de demanda, la parte actora (los abogados de Merina) no considere importante la situación de jubilación del interesado y se limite a exponer, a ese respecto, que ‘así, el hecho de ser funcionario, autónomo o personal laboral en activo no es una herramienta de prueba, sino un hecho que puede ser acreditado a través de medios probatorios’”, reza la sentencia.

Sin embargo, en el escrito de conclusiones esta parte “reconsidera su exposición inicial” e “introduce la idea de que el interesado se encuentra en una situación de jubilación activa”. “Este cambio de posición podría conculcar lo dispuesto en el artículo 65.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, cuando señala que ‘en el acto de la vista o en el escrito de conclusiones no podrán plantearse cuestiones que no hayan sido suscitadas en los escritos de demanda y contestación’”.

Nuevas elecciones en el Icomem


La sentencia, que aún es recurrible, abre la puerta a la celebración de nuevos comicios. En un comunicado, el propio Icomem reitera su “compromiso de reactiva la junta electoral” en cuanto esta sea firme, “de forma que se pueda realizar un nuevo proceso electoral lo antes posible”.

“Martínez-Sellés ya comunicó, nada más conocer la anulación de esa candidatura, ahora confirmada, su decisión de no volver a presentarse a la presidencia y su deseo de que las nuevas elecciones se celebren lo antes posible”, apunta.
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