Los beneficiarios serán los mutualistas que residan en municipios con 20.000 o menos habitantes

El Sermas prestará servicios de urgencias rurales a Muface, Isfas y Mugeju
Antonio Zapatero, viceconsejero de Asistencia Sanitaria y Salud Pública y director general del Sermas.


8 jun. 2022 10:40H
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POR JESÚS MEDIAVILLA
La Consejería de Sanidad ha hecho público este miércoles el convenio entre la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (Muface), el Instituto Social de las Fuerzas Armadas (Isfas), la Mutualidad General Judicial (Mugeju) y el Servicio Madrileño de Salud (Sermas) para la prestación en zonas rurales de determinados servicios sanitarios a los mutualistas y demás beneficiarios adscritos a estas entidades.

Este convenio, que aparece publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM), regula la prestación sanitaria a mutualistas que residan en los municipios de menos de 20.000 habitantes, los cuales aparecen recogidos en el porpio acuerdo. No obstante, quedan excluidas aquellas personas que, por razones circunstanciales, “se encuentren desplazados en los municipios de referencia”.

Respecto a la prestación sanitaria, el acuerdo, específicamente, se limita a los servicios de urgencia de los centros de Atención Primaria o consultorios del Servicio Madrileño de Salud, o a través de los centros correspondientes en los que se presten los servicios primarios de urgencias para el resto de los usuarios del Sistema Público.


¿Qué servicios recoge el acuerdo con las mutuas?


Se considera atención de urgencias la que se presta al paciente, en los casos en que su situación clínica requiera una atención sanitaria inmediata, y no demorable y que se dispensa en el propio centro de salud o consultorio rural.

Además, también se garantiza la prescripción de medicamentos y demás productos farmacéuticos en las recetas oficiales de Muface, Isfas y Mugeju, así como “la formalización de los partes de Incapacidad Temporal en los modelos oficiales de cada una de las Mutualidades y la prescripción de pruebas o medios de diagnóstico”. Se excluye, no obstante, la prestación farmacéutica de las respectivas recetas oficiales ambulatorias a través de las oficinas de farmacia, que sí que continuará estando a cargo de las mutualidades.

Por otro lado, el convenio establece que “la cantidad económica por los servicios señalados en la cláusula segunda por cada persona que, como titular o beneficiario, esté afiliada a las Mutualidades se fija en 1,02 euros por persona y mes”. Es obligación de las Mutualidades firmantes del presente convenio abonar las cuotas correspondientes por persona, con la periodicidad y cuantía establecidas.

El acuerdo ha sido suscrito por Myriam Pallarés, directora general de Muface, José Luis Modrego, secretario general gerente del Isfas; José Juan Tomás, gerente de la Mugeju; y Antonio Zapatero, viceconsejero de Asistencia Sanitaria y Salud Pública y director general del Servicio Madrileño de Salud.
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