La Consejería de Sanidad podrá hacer uso de información procedente del padrón municipal para tomar medidas

Acuerdo Madrid-INE para fortalecer la vigilancia epidemiológica regional
El consejero de Sanidad, Enrique Ruiz Escudero.


5 ene. 2023 12:15H
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La Comunidad de Madrid y el Instituto Nacional de Estadística (INE) han firmado un convenio de cesión y uso de la información procedente del padrón municipal para llevar a cabo diversos programas y actuaciones en materia de salud pública, especialmente en el ámbito de la vigilancia epidemiológica.

De este modo, el INE facilitará a la Consejería de Sanidad con periodicidad semestral los domicilios de la totalidad de las personas residentes en la Comunidad de Madrid inscritas en la base padronal del INE con referencia al día 1 de enero y 1 de julio del año que corresponda, “dato relevante para el ejercicio de los programas de su competencia objeto de este convenio”, según lo establece el propio documento del acuerdo, publicado este jueves en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM).

En concreto, el objetivo es diseñar actuaciones de la Red de Vigilancia Epidemiológica para las enfermedades de declaración obligatoria y otras enfermedades transmisibles, incluido el Registro de VIHSida y el registro de infección por Covid-19. También se pretende actuar sobre los factores de riesgo y las enfermedades no transmisibles.

Según el propio convenio, también se contemplan otros programas dirigidos a:
  • El sistema de información de enfermedades raras. 
  • El programa de detección precoz de metabolopatías. 
  • El programa de detección precoz de hipoacusias. 
  • El registro poblacional de cáncer. 
  • Los programas de promoción de la salud dirigidos a poblaciones específicas. 
  • Las campañas y programas de vacunación. 
  • Otros programas de salud pública que desarrolle la Consejería de Sanidad en el ejercicio de sus funciones.
También se establece que la Consejería de Sanidad “solo podrá utilizarla para los fines para los que la misma se solicita que son la vigilancia e intervención epidemiológica frente a brotes epidémicos y situaciones de riesgo de enfermedades transmisibles y no transmisibles, mediante la recopilación, elaboración, análisis y difusión de estadísticas vitales y registros de morbimortalidad y para realizar actuaciones con el fin de establecer los registros y métodos de análisis de información necesarios para el cumplimiento de las distintas situaciones relacionadas con la salud individual y colectiva, y en particular las que se refieren a los grupos específicos de riesgo, de las que puedan derivarse acciones de intervención, así como los sistemas de información y estadísticas sanitarias”.


Comisión de Seguimiento


Además, se acuerda la creación de una Comisión de Seguimiento que estará compuesta por tres representantes de cada una de las partes firmantes.

Por parte del INE: 
  • Dos representantes de la Dirección General de Estadísticas de la Población. 
  • Un representante de la Subdirección General de Coordinación y Planificación Estadística
Por parte de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid: 
  • Dos representantes de la Subdirección General de Vigilancia en Salud Pública.
  • Un representante de la Subdirección General de Prevención y Promoción de la Salud.
La Comisión de Seguimiento tendrá como funciones el seguimiento técnico de la ejecución del convenio, el control del cumplimiento de todas sus cláusulas y resolver cualquier discrepancia o controversia que pudiera surgir en la interpretación y ejecución de las mismas. Los acuerdos serán adoptados por unanimidad. En su primera reunión se elegirá a sus miembros, y, además, se reunirá a instancias de cualquiera de las partes firmantes y, al menos, una vez al año.

Transcurridos estos ocho años el convenio quedará extinto y en caso de que se quisiese seguir con los compromisos de este convenio será necesario suscribir uno nuevo.
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