La Xunta destinará al Sergas más de 5.500 millones de euros, divididos en siete capítulos

 El presidente del Parlamento de Galicia, Miguel Ángel Santalices, y el conselleiro de Facenda, Miguel Corgos.
El presidente del Parlamento de Galicia, Miguel Ángel Santalices, y el conselleiro de Facenda, Miguel Corgos.


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Las comunidades autónomas empiezan a preparar sus cuentas públicas para 2026. La última en pronunciarse al respecto ha sido Galicia, una región en la que los presupuestos recibirán el 'sí' de la Cámara autonómica debido a la mayoría absoluta del Partido Popular, aunque todavía habrá que esperar a la fase de enmiendas para lograr un texto definitivo. Ha sido este lunes cuando el conselleiro de Facenda, Miguel Corgos, ha presentado las partidas económicas que se destinarán a cada área.

Según ha explicado, el presupuesto gallego sanitario será de 5.640.612.753 euros. Una cifra que experimenta un crecimiento de 213,5 millones en comparación con el año anterior. Por su parte, la rama educativa será cubierta con un total de 3.020.051.462 euros. Y es que ambas áreas comprenden el 53 por ciento del total presupuestario.

Más de 2.000 millones para el personal del Sergas


Concretamente, al Servizo Galego de Saúde (Sergas) se le dedicarán 5.535.689.508 euros, divididos en siete capítulos. De esta forma, la Xunta invertirá 2.382.372.617 euros en el personal que vertebra la sanidad gallega.

Además, 1.651.364.573 euros irán a parar a los gastos corrientes en bienes y servicios; 1.095.727.083, euros a los gastos financieros; 11.400.000 euros, a las transferencias corrientes; 387.816.064, a las inversiones reales; 6.359.171, a las transferencias de capital; y 650.000 euros, a los activos financieros.

Complemento transitorio de directivos sanitarios


Dentro del título II de gastos de personal, los presupuestos contemplan un artículo 24, relativo al complemento personal transitorio y absorbible en el sistema público de la salud de Galicia. El apartado afirma que "el personal designado para ocupar los puestos con funciones directivas que figuran en el artículo 4.1.1 del Decreto 134/2019, cuando en momento de su nombrameinto mantuvieran una relación de empleado público con alguna administración pública, no podrán percibir unas retribuciones inferiores a las que tenía asignadas en el puesto de procedencia". 

De esta manera, cuando se produzca esta circunsancia, el personal directivo indicado tendrá el derecho a recibir un complemento personal transitorio y absorbible, equivalente a la diferencia entre la totalidad de los conceptos retributivos que viniera percibiendo, y a las retribuciones que le correpondan por el puesto directivo que ocupe en la sanidad gallega. Para calcularlo, se deberá tener en cuenta la media de las retribucones totales de los tres años naturales anteriores a la toma de posesión del puesto directivo. 

Guardias médicas y retribuciones sanitarias


Por su parte, el artículo 23 hace referencia a las retribuciones del personal al servicios de las instituciones sanitarias de Galicia. En él se asegura que el personal recogido dentro del Real Decreto Ley 3/1987, del 11 de septiembre, percibirá las retribuciones básicas y el complemento de destino correspondientes. A este habrá que sumarle el complemento de productividad fija, el complemento de atención continuada y el de penosidad en los casos en los que se establezca. 

Aunque también se nombran las guardias médicas. El texto especifica que, con la finalidad de diferenciar el concepto retributivo de las mismas de los servicios jerarquizados del concepto de módulo de actividad para el personal que resulte exento de guardias referidas, "se determina que en el año 2026 la retribución correspondiente a cada módulo de actividad, de cuatro horas en régimen de presencia física, efectivamente realizado por el personal facultativo de atención hospitalaria exento de guardias, queda establecida en la cuantía de 336 euros

Aparte de ello, los presupuestos ceden al Sergas la función de autorizar las modificaciones, dentro de cada centro de gestión, de los cuadros de personal estatutario, personal MIR y EIR y de cualquier otro tipo de personal de instituciones sanitarias. Eso sí, sin que ello afecte económicamente.
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