Una denuncia les atribuye presuntos delitos de usurpación de funciones públicas y prevaricación de funcionario público

La Justicia llama a declarar a seis presidentes de Colegios de Enfermería
Exterior de los juzgados de Ávila.


17 mar. 2021 18:20H
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El Juzgado de primera instancia de Instrucción número 2 de Ávila ha admitido a trámite una querella por presunto delito de “usurpación de funciones públicas y prevaricación de funcionario público” contra los presidentes de los Colegios de Enfermería Enrique Ruiz Forner, Esther Reyes Diez, Isabel Galán Andrés, Carmen Barcena Calvo, Andrés Pérez Santamaría y María José García Romo, de los Colegios de Ávila, Burgos, Soria, Palencia, Zamora y Salamanca, respectivamente.

Según ha podido saber Redacción Médica, todos ellos tendrán que declarar en calidad de investigados el próximo 10 de mayo. Del mismo modo, los presidentes de los Colegios enfermeros de Valladolid y León, Silvia Sáez y José Luis Blanco, lo harán el 12 de mayo en calidad de testigos.

Todo ello llega después de que Alfredo Escaja, presidente en funciones del Consejo de Colegios Profesionales de Enfermería de Castilla y León, interpusiera una denuncia contra estas personas. En concreto, en ella se explica que Enrique Ruiz Forner, que se presentó a las elecciones del citado Consejo convocadas en 2020, “ocultó que había presentado su baja por jubilación en el Colegio de Enfermería de Ávila el 24 de septiembre de 2018” y “de nuevo su alta por reingreso el 22 de mayo de 2020”.

La denuncia explica que ni Ruiz Forner ni el Colegio de Ávila habrían comunicado este proceso al Consejo enfermero castellanoleonés, “a pesar de estar obligados de conformidad a lo dispuesto en el artículo 39 e) del Estatuto” del citado Consejo. Es por ello que la denuncia señala que Ruiz Forner “causó baja por jubilación y posteriormente cursó su baja voluntaria” pero “en ninguna de ellas cesó como Presidente del Colegio Profesional, y continúa ejerciendo su cargo sin interrupción (…) aun cuando la Ley de Colegios Profesionales y los Estatutos del Colegio Profesional requieren de la doble condición de estar ejerciendo de la profesión y de alta en Colegio Profesional”.

La denuncia asegura que “es indiscutible que la baja de cualquier colegiado conlleva la pérdida de su condición de colegiado”. Y que “es incuestionable” que dicha pérdida conlleva “la pérdida del ejercicio del cargo de cualquier órgano de gobierno del Colegio Profesional”. Asimismo, explica que es “innegable que la baja como colegiado conlleva el cese del cargo de presidente de un Colegio Profesional”. Lo que debería “tramitar también su baja como miembro de los órganos de gobierno del Consejo Autonómico”.

"Conocedor de ostentar su presidencia contra lo dispuesto en la ley"


Así, se expone que “la actuación de Enrique Ruiz Forner reviste carácter presuntamente delictivo, por cuanto conocedor como abogado que el cargo de presidente solo se puede ostentar teniendo la condición de colegiado, al solicitar y cursarse su baja formalmente y ser inscrita en el registro, desde ese mismo momento pierde la condición de colegiado y por ende, de presidente”. 

La denuncia suma que su baja por jubilación “en septiembre de 2018 dio lugar a su pérdida en condición de colegiado y su condición de presidente del Colegio”. “Igualmente, la pérdida de su condición de miembro del Pleno y de la Junta de Gobierno del Consejo de Colegios de Castilla y León”, explica. Y añade: “Conocedor de estos hechos eludió ponerlo en conocimiento de los colegiados del Colegio que preside y del Consejo de Colegios Profesionales de Castilla y León”.

En esta situación, la denuncia relata que “Ruiz Forner, conocedor de ostentar su presidencia contra lo dispuesto en la ley y normas estatutarias, junto con otras personas” habría realizado “una comunicación de convocatoria de Asamblea General de Extraordinaria de la Organización Colegial de Enfermería de Castilla y León (actual Consejo) para ser celebrada el 19 de diciembre de 2020”. Es en ese punto donde la denuncia enumera a los presidentes colegiales que tendrán que comparecer ante el juez. Y es que a juicio del texto legal, “la convocatoria del Pleno del Consejo se realiza por personas que carecen de facultades para llevar a cabo el citado acto, atribuyéndose la representación de una Corporación de Derecho Público a través de un engaño con un plan preconcebido que se aparta de lo establecido en los estatutos y normas que ordenan de forma imperativa el funcionamiento de la Corporación Pública”.

Acciones que, según la denuncia, tienen el “objetivo de perpetuar en el cargo de presidente del Colegio de Enfermería de Ávila a Enrique Ruiz Forner y ocultar su ilícito actuar, por cuanto llevado a cabo la simulación de elecciones, el mismo procede posteriormente a difundir por carta remitida a los Colegios Profesionales de Enfermería de Castilla y León haber sido elegido como Presidente del Consejo de Colegios de Enfermería de Castilla y León”.


El Consejo de Enfermería de Castilla y León aclara 5 puntos


El Consejo de Enfermería de Castilla y León se ha puesto en contacto con este periódico para aclarar los siguientes puntos:

1. Alfredo Escaja no es presidente en funciones del Consejo de Enfermería de Castilla y León. El Sr. Escaja se basa para determinar su estado en funciones en lo manifestado por el Juzgado de lo Contencioso administrativo nº 4 de Valladolid en su sentencia 27/2021 de 8 de febrero que en el fundamento quinto dice “Mientras tanto se lleve a cabo esa elección, la finalización del mandato no tiene porqué suponer el cese de las personas afectadas por ese hecho dado que, como se ha dicho, no está dispuesto que sea así en la normativa aplicable. Esa ausencia de previsión normativa ha de resolverse atendiendo a la lógica y al interés público. La lógica dice que mientras la nueva elección no produzca efectos continuarán en sus cargos, aunque sea en funciones, las personas a las que hay que sustituir por haber finalizado su mandato. El interés público conduce a la misma solución dado que de no hacerse así se produciría un vacío en el funcionamiento institucional de los Órganos del Consejo que no es compatible con la defensa de los intereses públicos que tiene encomendados.” El pasado 19 de diciembre de 2020 tuvieron lugar unas elecciones a la Presidencia del Consejo Autonómico de Enfermería en las que la candidatura ganadora fue la encabezada por Enrique Ruiz Forner, presidente del Colegio de Enfermeria de Ávila. Posteriormente, el 26 de enero la Junta de Castilla y León reconocía esta presidencia al inscribirla en el registro de Colegios Profesionales de la CC. AA, motivo cual, la elección ya se ha llevado a cabo y la nueva Junta de Gobierno está registrada a los efectos oportunos.

2. Los argumentos de Escaja se basan en que Ruiz Forner y algún otro miembro de su candidatura no podían concurrir a esos comicios. De hecho, en junio de 2020 los inhabilitó para impedir tener una oposición a su mandato de más de tres décadas. Una sentencia del Juzgado número 4 de lo Contencioso Administrativo de Valladolid determina, sin embargo, que el Consejo Autonómico no tiene competencias para ello, así que los presidentes atacados por Escaja se mantuvieron al frente de sus colegios provinciales y se presentaron a las elecciones en las que derrotaron a Alfredo Escaja en las urnas. Dicha sentencia 27/2021 de 8 de febrero del Juzgado de lo Contencioso administrativo nº 4 de Valladolid en el fundamento séptimo dice:” De ninguna manera puede el Consejo entender cesados a los referidos Señores de los órganos de Gobierno del propio Consejo por el hecho indicado. Los Señores Ruiz Forner y Pérez Santamaría son miembros natos del Pleno del Consejo (artículo 7) por ser Presidentes de los Colegios de Ávila y de Zamora y deben seguir siéndolo mientras mantengan esa condición, que, hay que insistir en ello, no entra en el ámbito de decisión de ninguno de los órganos del Consejo.”

3. A más abundamiento en el dia de hoy el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 2 de Valladolid en Auto de dia 19 de marzo dice:” Estamos antes órganos como el consejo de colegios profesionales, cuyos órganos directivos no son permanentes en el tiempo, sino que como cualquier colegio profesional son renovables. De manera que el Juzgado se tiene que limitar a considerar Procurador a quien tiene el poder otorgado por el que en ese momento es el representante del consejo profesional, sin que exista otra posibilidad de actuación más allá de tener por cesado al Procurador cuyo poder se ha revocado, y tener por personado a la nueva Procuradora”. Por lo tanto tiene por personado al la representación del Consejo que gano las elecciones el dia 19 de diciembre de 2020.

4. Por supuesto que los seis presidentes de Colegios colaborarán con la Justicia para el esclarecimiento de toda esta situación. Pero curiosamente los supuestos delitos que aduce la denuncia de la que habla la información -usurpación de funciones públicas y prevaricación de funcionario público- son, precisamente, los hechos delictivos que habría cometido Escaja y así los reconocerán los Tribunales en su momento. Él no es presidente en funciones ni de nada, sólo un miembro más del Pleno del Consejo de Enfermería de Castilla y León por parte de un colegio afín, como es el de Valladolid. De hecho, sigue utilizando además indebidamente el cargo de presidente, el membrete, el correo electrónico institucional y las redes sociales.

5. Asimismo, Alfredo Escaja ha ocupado ilegalmente la sede del Consejo, donde permanece parapetado con vigilantes de seguridad, impidiendo el normal funcionamiento de la institución y con un evidente perjuicio a las 17.000 enfermeras y enfermeros de Castilla y León.
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