La sentencia alega que no se proporcionó documentación necesaria para la negociación previa a la publicación de la Orden

La Justicia anula la creación de las Unidades de Gestión Clínica del Sacyl
Sede del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.


27 feb. 2018 13:10H
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La Gerencia Regional de Salud ha tenido conocimiento de la sentencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo en Valladolid del Tribunal Superior de Justicia por la que declara nula la orden por la que se crean Unidades de Gestión Clínica y se determina la composición de los Comités Clínicos de las Unidades de Gestión Clínica del Servicio Público de Salud de Castilla y León. Esta anulación se produce tras la demanda presentada por el sindicato Comisiones Obreras.

La Sala ha considerado dos motivos que justifican la sentencia. En primer lugar, que se ha omitido la negociación colectiva en la Mesa Sectorial. Además, incide en que aunque el argumento de la Junta es que se trata de una norma de carácter organizativo, según la normativa, "el ejercicio de las potestades de autoorganización no excluye la negociación colectiva cuando en su ejercicio se afecta a las condiciones de trabajo". Según la Junta, “la Gerencia Regional de Salud remitió los documentos sobre los cambios de la plantilla de los centros afectados”.

El segundo requisito formal en que se fundamenta la sentencia se refiere a la memoria económica. En la propia sentencia se señala que “no se efectúa en la memoria económica el más mínimo análisis de los costes que pueda suponer la puesta en marcha de las 15 UGC”.

Sin embargo, según el Decreto 57/2014, de 4 de diciembre, por el que se regula la constitución y funcionamiento de las Unidades de Gestión Clínica, ha sido avalado en tres ocasiones por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León. Esto supone que en la Gerencia Regional de Salud se pueden constituir en UGC los equipos, servicios, secciones y unidades asistenciales de los centros o instituciones sanitarias de la Gerencia Regional de Salud, de tal manera que los mismos no desaparecen, sino que pasan a organizarse y a realizar su actividad bajo la fórmula de la autogestión.

“La sentencia aún no ha sido comunicada oficialmente, no es firme y los Servicios Jurídicos de la Junta de Castilla y León la estudiarán para valorar la oportunidad o no de recurrirla”, han explicado desde la Junta.
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