563 empleados percibirán por este concepto entre 39 y 73 euros más en sus nóminas



15 jun. 2012 15:22H
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Redacción. Santander
El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Santander ha reconocido en una reciente sentencia el derecho de tres trabajadores estatutarios de Atención Primaria del Servicio Cántabro de Salud (SCS) a percibir el complemento especifico de turnicidad por cambiar de un turno de mañana a otro de tarde, según ha informado Comisiones Obreras.

Asunción Ruiz.

Así, según este sindicato, el fallo, que es firme, abre la puerta a que 563 empleados sanitarios perciban por este concepto entre 39 y 73 euros más en sus nóminas mensuales, en función de su categoría profesional.

Según ha explicado Asunción Ruiz, secretaria general de Sanidad de CCOO, el magistrado-juez reconoce, en los fundamentos de derecho de la sentencia, que el complemento de turnicidad “retribuye la especial penosidad del trabajo a turnos, es decir, del turno rotatorio”.

Para determinar qué es turno rotatorio, el magistrado entiende que la obligatoriedad, a la que hace referencia la Administración, de que para que un turno tenga tal consideración se tiene que incluir la realización de noches, “se limita a los efectos del cumplimiento de la jornada anual, pero no a efectos económicos”, en cuyo caso -continúa- “tienen derecho a este complemento los que cambien de un turno de mañana a uno de tarde”.

En opinión de la dirigente de CCOO, esta sentencia, contra la que no cabe interponer recurso alguno, “va a permitir que estos 563 trabajadores estatutarios de Atención Primaria (332 enfermeras, 153 auxiliares administrativos, 39 auxiliares de enfermería y otros tantos celadores) que cambian de turno puedan reclamar las cantidades no abonadas por este concepto durante los últimos cinco años, el periodo máximo que se puede reclamar con carácter retroactivo”.

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