Podrán suscribirlo quienes estén empadronados en un municipio de la comunidad autónoma



12 mar. 2014 10:58H
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Redacción. Santander
La orden de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales que regula la formalización del convenio especial de prestación de asistencia sanitaria a personas que no tengan la condición de asegurados o beneficiarios del Sistema Nacional de Salud (SNS), un convenio ya previsto en la normativa estatal, entrará este miércoles en vigor, tras haber sido publicado en el Boletín Oficial de Cantabria (BOC).

Carlos León, gerente del Servicio Cántabro de Salud.

Este convenio especial permitirá a las personas que lo suscriban acceder a los servicios asistenciales del SNS mediante el pago de una contraprestación económica de 60 euros mensuales para los menores de 65 años y de 157 euros para los de 65 o más años, por lo que Cantabria se mantiene en el mínimo estatal, según el Gobierno.

Se trata de una nueva vía de acceso al sistema sanitario público, especialmente dirigida a los españoles que no trabajen pero cuenten con ingresos superiores a los 100.000 euros; a los europeos que voluntariamente quieran suscribir estos convenios, y los nacionales de terceros países que durante su estancia en Cantabria quieran formalizarlo para ser atendidos por el sistema público.

Podrán suscribir el convenio especial con el Servicio Cántabro de Salud quienes estén empadronados en un municipio de la comunidad autónoma tanto en el momento de presentar la solicitud como en el de formalizar el convenio y cumplan el resto de requisitos establecidos en el Real Decreto que regula la condición de asegurado y beneficiario a efectos de la asistencia sanitaria en España, que esta orden de Cantabria desarrolla.

El director gerente del Servicio Cántabro de Salud dictará resolución motivada sobre la procedencia de suscribir el convenio especial, que será notificada en el plazo máximo de 30 días contados desde el siguiente al que se reciba la solicitud. Transcurrido dicho plazo sin que se haya dictado y notificado la correspondiente resolución, la solicitud se entenderá estimada. Dicha resolución podrá ser recurrida en alzada ante el titular de la Consejería en el plazo de un mes. El convenio se formalizará por el Servicio Cántabro de Salud con el interesado en el plazo máximo de tres meses desde la notificación de la resolución estimatoria.
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