El nuevo proyecto de ley de presupuestos contempla la puesta en marcha del complemento personal de absorción

Cantabria usará su presupuesto para crear un plus para directivos de salud
El consejero de Salud de Cantabria, César Pascual.


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El presupuesto sanitario de Cantabria coge forma. El pasado 25 de marzo, el consejero de Economía, Hacienda, Financiación Autonómica y Fondos Europeos, Luis Ángel Agüeros, anunció que las cuentas públicas diseñadas tras el acercamiento del Partido Regionalista de Cantabria (PRC) y el Partido Popular (PP) destinarán una partida de 1.323 millones de euros a la sanidad cántabra. Se trata de la cuantía reservada para la Consejería de Salud liderada por César Pascual, que sumada a Educación y Servicios Sociales, abarcará el 65 por ciento de los 3.925 millones que contempla el proyecto de ley.

Aunque esas cifras se conocieran el miércoles, hubo que esperar hasta el viernes 27 de marzo para que el texto se pudiera consultar en el Boletín Oficial del Parlamento de Cantabria junto al proyecto de ley de Medidas Fiscales y Administrativas para el año 2026, donde se recogen numerosas iniciativas sanitarias que modifican pilares fundamentales del funcionamiento de la gestión del Servicio Cántabro de Salud (SCS).

Menos rigidez en los traslados y pluses económicos a directivos


En el documento registrado en la Cámara autonómica se añade una disposición adicional decimotercera que crea el complemento personal de absorción de diferencias retributivas del personal directivo de la sanidad cántabra. El texto indica que el personal que ocupa puestos en la dirección del SCS que, con anterioridad a su nombramiento, ocupase un puesto de trabajo como personal sanitario en la Administración Pública y que, como consecuencia del nombramiento, viera minoradas sus retribuciones anuales, "podrá solicitar un complemento personal transitorio por la diferencia a percibir mensualmente durante el periodo de desempeño del puesto directivo".

En el caso del complemento de atención continuada se calculará con arreglo al importe percibido en los seis meses inmediatamente anteriores al nombramiento. El reconocimiento de dicho complemento tendrá efectos económicos a partir del día 1 del mes siguiente a la resolución favorable del consejero de Salud. De esta forma, se acaba con "los supuestos de merma salarial".

Además, destaca la modificación de la Ley de Cantabria 9/2010, de 23 de diciembre, de personal estatutario de instituciones sanitarias de la Comunidad Autónoma de Cantabria, que ocupa el artículo 11. En él, se deja reflejado el objetivo del Gobierno regional de permitir una mejor planificación de los plazos temporales de los ceses y tomas de posesión derivados de las convocatorias que tienen que llevar a cabo los centros del SCS, sobre todo en las categorías más numerosas.

Carrera profesional y creación de Dirección de Área


Por otro lado, se añade una disposición transitoria otaba a la Ley de Cantabria 9/2010 relativa al encuadramiento extraordinario en el sistema de carrera y desarrollo profesional con efectos de 1 de enero de 2025. 

Asimismo, según dicta el artículo 12, se modificará la Ley de Cantabria 10/2001, de 28 de diciembre, de Creación del Servicio Cántabro de Salud. Un cambio legislativo con el que se pretende crear la Direcciones de Área, que sustituirán las actuales Subdirecciones. 

En lo respecta al proyecto de Ley de Presupuestos, el articulo 23 indaga en las retribuciones del personal al servicio de las Instituciones Sanitarias del Servicio Cántabro de Salud. Tal y como se refleja en sus apartados, los complementos, como el de destino, no experimentarán grandes incrementos

Eso sí, el apartado seis indica que durante 2026 podrá percibirse el complemento de productividad variable por el cumplimiento de objetivos derivados del contrato de gestión en los términos que se acuerde en el Consejo de Gobierno. 

Será este miércoles cuando César Pascual explique en Comisión cómo se repartirá la partida sanitaria de los presupuestos, que, según el cronograma establecido, podrían estar aprobados antes de mayo.
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