Se procede a la modificación del artículo 84.1 de la Ley 4/2009



23 ene. 2014 11:02H
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Redacción. Palma de Mallorca
El Boletín Oficial del Estado ha publicado este jueves la modificación del artículo 84.1 de la Ley 4/2009, de servicios sociales de las Islas Baleares. Esta modificación busca asegurar la participación y la colaboración de las entidades de iniciativa social sin ánimo de lucro de las Islas Baleares con el objetivo de dar respuesta a las necesidades de los colectivos más desfavorecidos.

Esto ha sido llevado a cabo ya por otras comunidades autónomas mediante leyes similares de servicios sociales, estableciendo un concierto diferenciado de la modalidad recogida en la Ley de contratos del sector público.

Como señala el BOE, la comunidad autónoma de las Illes Balears, históricamente, ha dirigido mediante entidades sociales sin ánimo de lucro muchos de los servicios y de las prestaciones destinadas a personas con discapacidad y a otros colectivos, como por ejemplo menores, mujeres, personas con drogadicciones, inmigrantes, como también a personas con riesgo de exclusión social.

De este modo, como indica el boletín, el mantenimiento del sistema de prestación de servicios sociales vigente actualmente es de capital importancia, muy especialmente en un momento de crisis económica como el que vivimos, por lo cual asegurar la atención a las necesidades de las familias de las Islas Baleares se ha convertido en un objetivo prioritario de todos los poderes públicos.
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