El Sespa ha firmado un acuerdo que recoge mejoras en los complementos de productividad variable de programas especiales

Asturias reduce la penalización a los médicos que compatibilizan la privada
Gimena Llamedo, consejera de Presidencia, Reto Demográfico, Igualdad y Turismo. Imagen: Europa Press.


El Principado de Asturias ha modificado las condiciones establecidas para percibir el complemento de productividad variable vinculado a la realización de programas especiales por personal de las instituciones sanitarias del Servicio de Salud (Sespa). Lo ha hecho concretamente mediante el acuerdo de 9 de julio de 2026 del Consejo de Gobierno, que reformula el articulado de otros dos acuerdos previos (14 de febrero de 2024 y 6 de julio de 2026).

Por un lado, se crea un "componente transitorio" para el personal sanitario de los subgrupos A1 y A2 (médicos y enfermeras entre ellos) que compatibiliza la actividad pública con la privada. De esta forma, el Sespa busca eliminar o reducir la penalización económica que existe en la comunidad autónoma.

Complemento temporal para médicos que compatibilicen


Según se puede observar en el texto, la Ley 53/1984, de 26 de diciembre de Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas, en su artículo 16, punto 4, establece que "podrá reconocerse compatibilidad para el ejercicio de actividades privadas al personal que desempeñe puestos de trabajo que comporten la percepción de complementos específicos, o concepto equiparable, cuya cuantía no supere el 30 por ciento de su retribución básica, excluidos los conceptos que tengan su origen en la antigüedad".

Por ello, se incluye un nuevo apartado 3.1 en el Acuerdo de 6 de julio de 2026 por el que se fijan para 2026 las cuantías de las retribuciones del personal al servicio de la Administración del Principado donde se detalla el valor del complemento específico para el personal que tenga exclusividad, así como para el que compatibilice

La cuantía mensual de ese "componente transitorio" será la siguiente:

  • Médico adjunto: 816,42 euros
  • Farmacéutico: 765,57 euros
  • Enfermero/a especialista (Hospitalaria): 200,58 euros
  • Enfermero/a especialista (Primaria): 131,75 euros

Refuerzo salarial de los tutores MIR


El nuevo acuerdo establece mejoras económicas muy concretas para los profesionales vinculados a la gestión de las unidades docentes y la formación MIR, EIR o PIR. Por un lado, se fija un complemento de productividad de 361,58 euros al mes para la Presidencia de la Unidad Docente para la Especialización de Enfermería de Salud Mental, adscrita al Hospital Universitario de Cabueñes en Gijón. Además, en el desglose del complemento específico, se estipula que la figura de Jefe/a de Estudios de una Unidad Docente Multiprofesional (U.D.M.) con dedicación exclusiva percibirá 731,23 euros mensuales

Por otro lado, se reconoce económicamente el esfuerzo del personal tutor encargado de los residentes, asignando pluses mensuales directos en función de la carga de trabajo que asuman. De este modo, los tutores cobrarán un extra de 100 euros al mes si tienen asignadas a 1 o 2 personas en formación; 200 euros al mes si tutorizan a 3; y 300 euros mensuales en el caso de que se hagan cargo de 4 o más residentes

Además, se establece un incremento de 30 euros mensuales en el complemento específico para el personal que no percibe retribuciones por nocturnidad, turnicidad, noches festivas o atención continuada. Por otro lado, se mejora el pago por trabajo nocturno. La cuantía mensual, tras este plus, se queda en 83,32 euros.

Aparte de incrementarse la gratificación económica por cada hora trabajada en el tramo nocturno (entre las 22:00 horas y las 8:00 horas del día siguiente) con el objetivo de compensarse la penosidad de este horario, se crea la Jefatura de Guardia del SAMU.

Programa de Primaria y de movilidad forzosa


A esto se suma la puesta en marcha de un nuevo programa en Atención Primaria, que será de carácter voluntario y está orientado a reducir las demoras y mejorar la accesibilidad. Aunque también se revisan y aumentan las cuantías del complemento de productividad variable para incentivar la participación del personal en programas especiales fuera de su jornada ordinaria. 

El texto singulariza el pago de productividad para profesionales estructurales que deben asumir la atención continuada y se crea una gratificación extraordinaria para el personal de Atención Primaria que, por necesidades del servicio, deba prolongar su actividad de forma ininterrumpida en el centro de trabajo. Se abonarán 37,4 euros si la actividad supera las 12 horas y 18,7 euros si dura entre 7 y 12 horas. 

Asimismo, tras la modificación del mapa sanitario y la unificación de las áreas sanitarias en tres, se establecen criterios objetivos y claros para identificar cuándo se considera efectiva la participación en el Programa de Movilidad Forzosa. Para los médicos de hospitalaria, el complemento recogido en el programa alcanza los 86,11 euros, igual que en Primaria. 
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