El consejero de Sanidad, Presidencia y Emergencias de la Junta de Andalucía, Antonio Sanz.
La Junta de Andalucía aprueba el decreto por el que se regula el procedimiento selectivo específico, por el sistema de concurso, para los
puestos de difícil cobertura en el Servicio Andaluz de Salud (SAS), que no haya sido posible cubrir en los procedimientos ordinarios de selección y provisión. La regulación tiene en cuenta la situación de cambio y las actuales necesidades asistenciales, organizativas y de recursos humanos en el SAS en relación con la "grave dificultad de cobertura en determinados puestos clave", de los que en la actualidad
se han identificado más de 200 distribuidos en toda la geografía de la región.
Según reza el decreto publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), "
no existen otras medidas con igual eficacia para alcanzar el objetivo pretendido, dada la situación actual y las
necesidades de captación urgente de profesionales".
En este sentido, se ha optado porque el régimen de acceso a puestos de difícil cobertura se formule como
medida estable y continuada, si bien con carácter limitado y extraordinario, porque "para paliar esta situación y afrontar la difícil cobertura de estos puestos de forma continuada y estable
se hace vital importancia adoptar una serie de medidas con carácter urgente y extraordinario, de diversa índole y naturaleza, que contribuyan y faciliten la contratación de profesionales a esos puestos, constituyendo una de ellas la urgente necesidad de agilizar los procesos selectivos".
Principios de necesidad, eficacia y proporcionalidad
La norma se adecua a los principios de necesidad y eficacia, ya que su aprobación está justificada por una razón de interés general, concretada en la regulación del sistema selectivo específico de concurso para la incorporación de personal estatutario fijo en los puestos de difícil cobertura en el ámbito de los centros sanitarios del SAS.
Esto "contribuirá a posibilitar la
igualdad efectiva de la ciudadanía en el acceso a las prestaciones sanitarias con independencia de su lugar de residencia".
También se adecua al principio de proporcionalidad, ya que contiene la regulación imprescindible para atender la necesidad a cubrir que se concreta en el establecimiento del régimen jurídico aplicable a las convocatorias de los concursos para la incorporación de personal estatutario fijo en puestos de difícil cobertura en el ámbito del SAS.
Los puestos de difícil cobertura son aquellos en los que el número de solicitudes existentes en la bolsa temporal de empleo de una categoría y especialidad, en su caso, ponderada respecto al número de profesionales efectivos en plantilla, alcanza un
coeficiente insuficiente para la cobertura de dicho puesto, así como aquellos puestos que no haya sido posible cubrir a través de los procedimientos ordinarios en ofertas de empleo temporal.
Los puestos de difícil cobertura serán declarados como tales en el Plan de Ordenación de Recursos Humanos.
En cuanto a la permanencia, tras el plazo de toma de posesión de un mes a partir del día siguiente de la resolución de nombramiento y adjudicación, las personas que adquieran la condición de personal estatutario fijo mediante el procedimiento de concurso regulado en el decreto podrán participar en los concursos de traslados de su categoría y especialidad, o en los sistemas de promoción interna o provisión de plazas de otra categoría y especialidad. También en los concursos de movilidad cuando, además de cumplir los requisitos comunes,
acrediten al menos dos años de permanencia en la situación de servicio activo en el puesto adjudicado como destino en el referido concurso.
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