El ‘Journal Citation Reports (JCR) Science Edition’ será el índice para medir el reconocimiento de la publicación realizada



30 nov. 2015 11:40H
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Redacción. Madrid
Los profesores universitarios también buscan el aprobado. La Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora (Cneai) ha establecido los criterios específicos de evaluación a profesores universitarios por campo científico, que se realizarán anualmente y tendrán por objetivo incentivar la actividad investigadora. La prueba, que ha sido incorporada a través del Real Decreto 1086/1989, del 28 de agosto, cuenta con el respaldo del Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC).

En términos generales, todas las áreas científicas tendrán seis puntos en común: presentar cinco aportaciones en el currículum vítae abreviado (no obstante, el número de  aportaciones podrá ser inferior si los trabajos tienen una extraordinaria calidad y han tenido una alta repercusión científica o técnica); las aportaciones sólo serán valorables si significan progreso real del conocimiento (no se valorarán los trabajos meramente descriptivos o las reiteraciones de trabajos previos); y el solicitante deberá haber participado activamente en los trabajos que le dieron origen, como director o ejecutor del trabajo.

Asimismo, la normativa establece como requisito básico que todas las aportaciones deberán estar publicadas en los años que se someten a evaluación (no se tendrán en cuenta la publicaciones aceptadas o en proceso de edición), y que las evaluaciones únicas solicitadas se valorarán ajustando los criterios que se detallan en cada uno de los campos de la ciencia.

En este sentido, los profesores universitarios de ciencias biomédicas también tendrán que tomar en consideración que todas las aportaciones deberán ser clasificables como ordinarias según la Orden de 2 de diciembre de 1994, salvo casos excepcionales. Las solicitudes que presenten patentes podrán ser valoradas, previo informe del comité, por el Campo 6 o el Campo 0. En el Boletín Oficial del Estado (BOE) también se indica que el número de autores no será evaluable como tal, pero sí deberá estar justificado por el tema, su complejidad y su extensión.

Asimismo, se valorarán los artículos publicados en revistas de reconocida valía, aceptándose como tales las que ocupen posiciones relevantes del listado correspondiente a su categoría científica en el ‘Journal Citation Reports (JCR) Science Edition’ (los artículos deberán estar publicados en revistas que pertenezcan a las categorías o áreas científicas del Campo de Ciencias Biomédicas). En este sentido, se recalca que la evaluación de los libros y capítulos de libros, si procede, se tendrá en cuenta el prestigio internacional de la editorial, los editores, la colección en la que se publica la obra, y las reseñas recibidas en las revistas científicas especializadas.

La normativa también precisa que, en el caso de los profesores de Ciencias Biomédica, sólo se valorarán las patentes si están en explotación y pueda demostrarse mediante contrato de compraventa o de licencia. A lo que se suma que, como norma general, no se considerarán como aportaciones ordinarias, los casos clínicos, las publicaciones correspondientes a comunicaciones a congresos, las cartas al Editor y todas aquellas aportaciones que no cumplan alguno de los criterios indicados en los apartados anteriores.

Y, finalmente, cumplir con alguno de estos tres requisitos: dos artículos publicados en revistas situadas en primer cuartil, junto con tres en el segundo cuartil, dentro de las categorías científicas en las que se clasifican dichas revistas en JCR Science Edition; tres artículos publicados en revistas situadas en primer cuartil, junto con uno en el segundo cuartil y otro en el tercer cuartil, dentro de las categorías científicas en las que se clasifican dichas revistas en JCR Science Edition; o cuatro artículos publicados en revistas situadas en primer cuartil, junto con otro de nivel menor, dentro de las categorías científicas en las que se clasifican dichas revistas en JCR Science Edition.

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