El Tribunal Supremo considera que la memoria de impacto económico es insuficiente

Poveda pide responsabilidades por la anulación de la troncalidad
José Luis Poveda, presidente de la Comisión Nacional de la Especialidad.


22 dic. 2016 17:00H
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POR MARCOS DOMÍNGUEZ
La Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha anulado el Real Decreto 639/2014 de troncalidad, que introducía un cambio en la denominación de la especialidad de Farmacia Hospitalaria, pasando a incluir la de Atención Primaria.

Así, el tribunal estima el recurso presentado por la Sociedad Española de Inmunología (SEI), donde se apelaba a la insuficiente Memoria de Análisis de Impacto Normativo, y especialmente al punto donde se analizaba el impacto económico, que el Supremo califica como de “palmariamente insuficiente”.

Las reacciones de las especialidades no han tardado en sucederse. Uno de los más tajantes ha sido José Luis Poveda, presidente de la Comisión Nacional de la Especialidad de Farmacia Hospitalaria y de Atención Primaria, que ha pedido responsabilidades políticas y la dimisión del responsable de que la norma no haya llegado a buen puerto. "Ha costado mucho esfuerzo, trabajo y consenso, y es lamentable que un defecto asociado a quienes tenían que haber garantizado la viabilidad del Real Decreto lo haya echado para atrás".

Poveda, también expresidente de la Sociedad Española de Farmacia Hospitalaria (SEFH), se ha mostrado confiado en que se pueda recurrir la sentencia y poder sacar adelante la reforma de la formación sanitaria "con mucha ilusión", pero cree que es el momento de "plantearse quién es el responsable".

De momento, se produce un parón en los avances hacia el nuevo programa de la especialidad. A pesar del contratiempo, en la Comisión Nacional de la Especialidad prefieren verlo con optimismo y pensar que se ha ganado más tiempo para diseñarlo, haciendo especial hincapié en el aspecto clínico de la especialidad.
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