La reforma legal de 2010 suprimió dicha posibilidad y estableció una prohibición absoluta de fumar en los establecimientos



10 mar. 2014 16:26H
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Redacción. Madrid
El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso de un empresario que gastó 40.000 euros en habilitar una zona de fumadores en su negocio y le ha condenado a pagar las costas, fijadas en 4.000 euros.

El recurrente presentó una reclamación de responsabilidad patrimonial al Estado por los daños que, a su juicio, le ha ocasionado la modificación de la Ley 28/2005, de 26 de diciembre, de medidas sanitarias frente al tabaquismo, llevada a cabo por la Ley 42/2010, de 30 de diciembre. Así, mientras que la primera permitía que en determinados establecimientos abiertos al público (entre los que se incluían las salas de bingo, como la que regenta el empresario) se habilitasen zonas específicas y delimitadas para fumadores, la reforma legal de 2010 suprimió dicha posibilidad y establece una prohibición absoluta de fumar en los citados establecimientos.

El hombre realizó las reformas necesarias en su establecimiento para habilitar una zona de fumadores, lo que le supuso un gasto de 40.187,04 euros. Cuatro años después  la Ley 42/2010 suprime la posibilidad de que haya zonas habilitadas para fumadores, de manera que el desembolso realizado fue inútil.

La argumentación de la parte recurrente se basa en el principio de buena fe y confianza legítima, que entiende conculcado por la supresión de la posibilidad de habilitar zonas para fumadores en los establecimientos abiertos al público. Además, el empresario añadió que, por la naturaleza del negocio que explota, no está al corriente de la evolución de la legislación sanitaria ni de las políticas contra el tabaquismo.

Frente a todo ello, el escrito de contestación a la demanda del Abogado del Estado recuerda que la decisión no puede calificarse de inesperada, pues se enmarca dentro de una “tendencia clara hacia la erradicación del tabaquismo”, por lo que la Sala considera “difícilmente cuestionable que el prohibicionismo formaba parte del “signo de los tiempos” ya antes de la reforma legal de 2010. En estas condiciones, la esperanza de que se mantuviese por largo tiempo el régimen excepcional de zonas específicas para fumadores en establecimientos abiertos al público no tenía la solidez suficiente.
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