La paciente fue sometida a una operación de urgencia por un error previo de diagnóstico



3 mar. 2015 11:31H
SE LEE EN 2 minutos
Ricardo Martínez Platel. Madrid
La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha estimado el recurso de una paciente a la que le quedó una cicatriz resultante de la laparatomía de urgencia que se le practicó, a consecuencia de un error diagnóstico previo, lo que supone una modificación peyorativa de su aspecto físico y, por tanto, de la imagen que proyecta hacia los demás, que constituye un quebranto susceptible de reparación económica mediante su valoración como perjuicio estético. En este sentido, la sentencia, cuyo ponente es el magistrado Seijas Quintana, estima razonable calificarlo de leve.

Seijas Quintana.

La sucesión de hechos ocurridos en un periodo corto de tiempo ponen en evidencia la existencia de un error de diagnóstico inicial producido por no haber puesto a disposición de la paciente los medios adecuados para obtenerlo. La asistencia médica continuada del facultativo resulta manifiestamente incompleta, según recoge la sentencia, ya que no realizó a la paciente ninguna exploración complementaria, como una ecografía, un TAC o un scanner abdominal, a fin de descartar las complicaciones que parecía presentar, como el dolor abdominal, respecto del cual, pese a los tratamientos que habían sido instaurados a base de antibióticos para una endometris, los síntomas no remitían.

El dolor abdominal persistía en el momento en que la paciente fue dada de alta y esta se dispuso " sin que el demandado supiese con certeza a que obedecía tal dolor ", se debió trabajar también sobre esta hipótesis adoptando las medidas correspondientes, lo que no se hizo.

Así, el fallo considera que no se trata de un error de diagnóstico disculpable o de apreciación, sino ante un diagnóstico equivocado por no haber puesto a disposición de la paciente los medios de que disponía para lograrlo. Una simple prueba ecográfica, efectuada tardíamente, hubiera evidenciado el curso progresivo de la infección en el abdomen, y hubiera evitado las consecuencias resultantes.

No es un supuesto de medicina defensiva por la aplicación indiscriminada de pruebas para establecer diagnóstico, sino una actuación médica carente de los conocimientos necesarios para hacer posible un diagnóstico correcto mediante la exploración y la práctica de pruebas complementarias que hubieran prevenido, evitado o aminorado el daño a partir de una previa sintomatología evidente.

ENLACE RELACIONADO

“Hay que ser más rigurosos con la información que se presta al paciente en medicina satisfactiva” (15/01/15)

Las informaciones publicadas en Redacción Médica contienen afirmaciones, datos y declaraciones procedentes de instituciones oficiales y profesionales sanitarios. No obstante, ante cualquier duda relacionada con su salud, consulte con su especialista sanitario correspondiente.