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21 ago. 2020 19:13H
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MÉRIDA, 21 (EUROPA PRESS)

La localidad cacereña de Alcántara retrocede a la Fase 2 de la desescalada y tendrá aislamiento social durante los próximos 14 días ante la situación del Covid-19 en la misma, aunque podría prorrogarse tal situación en función de la situación epidemiológica.

De este modo se establece en la resolución del vicepresidente segundo y consejero de Sanidad, José María Vergeles, en la que se establecen dichas medidas de control del virus, y que ha sido publicada esta tarde en el Diario Oficial de Extremadura (DOE), después de que la Junta ha recibido también la autorización judicial para que la localidad retroceda a la Fase 2 de la desescalada.

Cabe destacar que el brote de Alcántara tiene, sumados los datos aportados por la Dirección General de Salud Pública este pasado jueves y este mismo viernes, un total de 38 casos positivos de Covid-19.

La resolución se aplica desde esta medianoche, mantendrá su vigencia durante 14 días naturales a contar desde su publicación, y se podrá prorrogar en función de la situación epidemiológica.

El objeto de la resolución, según recoge Europa Press, es establecer las medidas de intervención administrativa de carácter específico para la contención del brote epidémico de la pandemia de la Covid-19, que serán aplicables en el municipio de Alcántara (Cáceres), a todas las personas que se encuentren y circulen por el municipio, así como a las personas titulares de cualquier actividad económica, empresarial o establecimiento de uso público o abierto al público ubicado en este municipio.

RESTRICCIONES

Asimismo, en virtud de la resolución, se restringe la libre entrada y salida de personas del municipio de Alcántara, salvo aquellos desplazamientos, adecuadamente justificados, que se produzcan por motivos como la asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios; el cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales o empresariales; el retorno al lugar de residencia habitual; la asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables; por causa de fuerza mayor o situación de necesidad; o por cualquier otra actividad de análoga naturaleza.

Igualmente, la circulación por carretera y viales que transcurran o atraviesen el territorio de dicho municipio cacereño estará permitida, siempre y cuando tengan origen y destino fuera del mismo.

Asimismo, se permite la circulación de personas residentes dentro del municipio afectado, si bien se desaconseja los desplazamientos y la realización de actividades no imprescindibles.

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