Aprueba un manifiesto que reafirma el rigor e independencia del medio; también valida su Estatuto de Funcionamiento

Comité Editorial de Redacción Médica
Foto de familia del Comité Editorial de Redacción Médica.


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El Comité Editorial de Redacción Médica, conformado por siete reconocidos líderes del sector de la salud en diferentes áreas, ha emitido su primer documento de consenso.

Se trata de un texto que este órgano consultivo ha denominado 'Manifiesto Editorial de Redacción Médica', y que pretende ser un faro para que en esta nueva etapa el diario especializado reafirme su compromiso con un periodismo sanitario riguroso, independiente y útil para el conjunto del sistema de salud.

Con este manifiesto el medio hace explícitos los principios que guían su labor editorial y que orientan su contribución al debate sanitario.


1. Propósito


Redacción Médica tiene como misión contribuir a la mejora del sistema sanitario mediante información rigurosa, análisis independiente y la promoción de un debate de calidad.


2. Independencia


La línea editorial se rige exclusivamente por criterios periodísticos. La propiedad del medio no interviene en la selección ni en el tratamiento de los contenidos.


3. Rigor informativo


Todos los contenidos se basan en la veracidad, el contraste de fuentes y la adecuada contextualización.


4. Diferenciación entre información y opinión


El medio distingue de forma clara los contenidos informativos de los espacios de opinión.


5. Conocimiento experto


Se promueve activamente el análisis basado en evidencia científica y en la aportación de profesionales cualificados.


6. Pluralidad


Redacción Médica garantiza la presencia de voces diversas del sistema sanitario: profesionales, gestores, pacientes, administraciones y sector privado.


7. Equilibrio editorial


Se evita cualquier sesgo sistemático en la selección de temas, enfoques o protagonistas.


8. Transparencia


El medio hace explícita su estructura de propiedad, sus mecanismos de gobernanza editorial y los posibles conflictos de interés.


9. Responsabilidad


Redacción Médica se compromete a corregir errores de forma ágil, visible y transparente, y a proteger la libertad editorial de sus profesionales frente a cualquier presión.


10. Compromiso con el sistema sanitario


El medio impulsa un debate abierto, informado y constructivo orientado a la sostenibilidad, la equidad y la calidad del sistema de salud.

Estatuto de Funcionamiento del Comité Editorial


Asimismo, los siete integrantes con voto del Comité Editorial de Redacción Médica también han validado el Estatuto de Funcionamiento de este órgano consultivo del diario.

Reunidos presencialmente en el plató de Redacción Médica, han aprobado por consenso este documento que marca sus funciones como ente externo. Hay que recordar que el Comité Editorial está formado por siete destacados protagonistas del sector de la salud: el presidente es Manel del Castillo, y los vocales son Javier ColásOfelia De LorenzoJulio MayolJosé Ramón RepulloIgnacio Riesgo y Julián Zabala. La Dirección de Redacción Médica actúa como secretario en este Comité; con voz, pero sin voto.

Este Estatuto de Funcionamiento del Comité Editorial recoge su naturaleza y finalidad: "El Comité Editorial de Redacción Médica es un órgano externo, independiente y consultivo, cuya finalidad es velar por el cumplimiento efectivo del Estatuto Editorial y preservar la independencia, credibilidad y rigor del medio. El Comité Editorial no forma parte de la estructura de gestión ni de la Dirección Editorial, ni interviene en la producción diaria de contenidos", indica el primer artículo.

También sus funciones, que son cinco:

  • Velar por el respeto y la correcta aplicación del Estatuto Editorial.
  • Actuar como garante de la independencia editorial frente a presiones internas o externas.
  • Asesorar a la Dirección editorial sobre grandes ejes de debate sanitario y estándares editoriales.
  • Emitir recomendaciones o criterios en situaciones que puedan afectar a la credibilidad del medio.
  • Servir de canal institucional para la resolución de conflictos relacionados con la independencia editorial.
Asimismo, el segundo artículo recuerda que "las recomendaciones del Comité no tienen carácter ejecutivo, pero poseen autoridad ética y reputacional".

Funciones excluidas


El artículo 3 de este Estatuto de Funcionamiento señala que quedan "expresamente excluidas de las funciones del Comité Editorial":

  • Revisión o aprobación previa de contenidos.
  • Intervención en titulares, enfoques o tratamientos informativos concretos.
  • Decisión sobre la publicación o no de artículos específicos.
  • Supervisión cotidiana del trabajo periodístico.
  • Cualquier función de censura o control editorial previo.
El Comité no sustituye a la Dirección ni a la estructura editorial ordinaria.

Composición del Comité Editorial


El artículo 4 incide en que "el Comité Editorial estará compuesto por entre cinco (5) y siete (7) miembros, externos al medio y a la Propiedad, de reconocido prestigio profesional", y prosigue señalando que "la composición del Comité deberá reflejar pluralidad de perfiles y miradas en el ámbito sanitario, institucional y editorial", y define que "además, el Comité Editorial contará con la participación del director editorial como secretario, con voz pero sin voto".

A continuación el documento aclara que "los miembros del Comité Editorial serán nombrados formalmente por la Propiedad" y que "su mandato será de dos años, pudiendo ser renovado de manera total o parcial; consecutiva o no consecutiva".

Este artículo 5 indica además que "el nombramiento, renovación o cese de los miembros se hará público", así como ahonda en que "los miembros del Comité Editorial podrán percibir una compensación económica razonable por el ejercicio de sus funciones, fijada con criterios de transparencia y proporcionalidad".

Llegados al punto 6, se aclaran las incompatibilidades. Según este artículo, no podrán formar parte del Comité Editorial:

  • La Propiedad del medio.
  • Personas con responsabilidades directivas en la gestión empresarial del grupo editorial.
  • Personas con responsabilidad ejecutiva en la gestión de cualquier stakeholder del sector (profesionales, sindicatos, etc).
  • Personas con vínculos políticos que comprometan su independencia.
Asimismo, "los miembros del Comité deberán declarar posibles conflictos de interés y abstenerse en los asuntos en los que concurran".

También aclara este Estatuto de Funcionamiento (artículo 7) que "el Comité Editorial elegirá de entre sus miembros un presidente por mayoría simple, que actuará como coordinador de sus trabajos y será el responsable de la convocatoria de las reuniones ordinarias"; "la Presidencia será por periodos de dos años renovables" y "el presidente no ostenta voto de calidad".

En cuanto a la convocatoria (artículo 8), "el Comité Editorial se reunirá de forma ordinaria 3-4 veces al año de manera ordinaria por convocatoria del Presidente y podrá ser convocado de forma extraordinaria por":

  • Su presidente.
  • A solicitud de la mayoría simple de sus miembros.
  • Por el director del medio.
Asimismo, aclara que "la Dirección editorial es el interlocutor natural del Comité", mientras que la Redacción podrá "solicitar la intervención del Comité cuando perciba riesgos para la independencia", y "hacerlo a través de los canales internos establecidos".

Añade que "la convocatoria deberá incluir el orden del día y realizarse con antelación razonable, salvo en casos de urgencia justificada", y que "la Propiedad no podrá convocar reuniones del Comité Editorial".

Asistencia y participación


En el punto 9 del articulado queda remarcado que "el director de Redacción Médica asistirá a las reuniones del Comité con voz pero sin voto, a fin de aportar el contexto editorial necesario", y que "será el miembro secretario del comité". También subraya que "la Propiedad no asistirá a las reuniones ni a las deliberaciones del Comité". A esto suma la posibilidad de que el Comité invite a participar "puntualmente a expertos externos cuando lo considere oportuno".

En cuanto a deliberaciones y adopción de criterios (artículo 10), las formuladas por el Comité Editorial "serán confidenciales. Los criterios, recomendaciones o pronunciamientos del Comité se adoptarán por mayoría cualificada de dos tercios (2/3) de los miembros presentes" y "se admitirán votos particulares razonados, que podrán incorporarse al acta"

"De cada reunión se levantará una nota de conclusiones por el secretario del Comité que deberán contar con la aprobación de todos los miembros", indica el artículo 11, que expresa que "el Comité podrá decidir que dichas conclusiones permanezcan internas, o se hagan públicas cuando la relevancia del asunto lo aconseje".

Relación con la Propiedad


El artículo 12 del Estatuto de Funcionamiento indica que "la Propiedad nombrará a los miembros del comité editorial y podrá":


• Elevar propuestas al Comité de temas estratégicos de interés general.
• Recibir las conclusiones o recomendaciones del Comité.
• Comprometerse públicamente a respetar sus criterios.


"La Propiedad no participará en deliberaciones ni en la adopción de criterios del Comité Editorial", remata.

Por último, el artículo 13 (Vigencia y revisión), recoge que "el presente Estatuto entra en vigor desde el momento de su aprobación" y que "cualquier modificación del mismo deberá ser":

  • Coherente con el Estatuto Editorial.
  • Aprobada por la propiedad.
  • Comunicada públicamente.
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