Competencias de la Enfermería en el ámbito de la sedación.
La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña
ha desestimado el recurso de apelación presentado por el Consell de Col·legis de Metges de Catalunya, para suspender las
competencias y responsabilidades a las enfermeras en el ámbito de la sedación, por lo que se mantendrán en vigor mientras continúa el proceso judicial principal.
La resolución del Consejo General del Poder Judicial -a la que ha accedido
Redacción Médica- señala como fundamentos jurídicos presentados al objeto de la apelación, que el 'Acuerdo del Consell de Col·legis d'Infermeres i Infermers de Catalunya (Cciic) por el que se establecen directrices para el ejercicio de las actuaciones enfermeras en el ámbito de la sedación intervencionista y de la sedación paliativa' podría "dar paso a un
escenario de incertidumbre respecto de si determinados profesionales pueden incardinarse en el equipo o no y
qué funciones pueden desarrollar, mientras la calidad asistencial se ve perjudicada".
En ese sentido, pide suspender de la "ejecutividad de la totalidad del acuerdo impugnado o subsidiariamente de los artículos 1, 6, 7.1, 7.2 y 7.3", hasta que
recaiga una sentencia firme sobre el procedimiento. Cada uno de estos artículos está relacionado a las funciones del personal de Enfermería en el
ámbito de la sedación intervencionista y la sedación paliativa; al que previamente ya se había interpuesto un recurso contencioso-administrativo.
Sin embargo, el Tribunal ha considerado que la adaptación de los protocolos existentes para "garantizar una mayor profesionalidad de los enfermeros/as en el servicio de sedación, no es 'a priori' un
obstáculo irreversible para poder llevar a cabo la actuación conjunta de equipos integrados por enfermeros/as y médicos/as", por lo que "no supone una
afectación notable al derecho a la salud de los pacientes"; aunque evita pronunciarse sobre el fondo del asunto ya que se decidirá en una sentencia definitiva.
Acuerdo profesional de sedaciones
Ya en diciembre de 2024, el Consell de Col·legis d'Infermeres i Infermers de Catalunya y los colegios profesionales territoriales
trabajaban en una defensa conjunta ante los tribunales para
defender su acuerdo de sedaciones. Esta decisión se tomó luego que el Juzgado Contencioso Administrativo número 15 de Barcelona notificara de la
admisión a trámite del recurso ordinario presentado por el Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos (OCM) contra dicho acuerdo, publicado el 16 de septiembre de ese año.
En un comunicado, el Consejo y los colegios de enfermeras lamentaron que se haya acudido directamente a los tribunales,
sin dar opción al diálogo y a un posible acercamiento de posturas. Pocos días después de la publicación del Acuerdo, la Organización Médica Colegial anunció la decisión de recurrirlo porque el procedimiento "
no se ajusta a la ley". Para la OMC, la vía legal era modificar la ley de ordenación profesional y solicitar que, en todo caso, exista un acuerdo para que esas competencias se modifiquen, se adapten o se regulen de otra manera.
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