Su tarjeta sanitaria especificará que el derecho se limita a la comunidad autónoma



22 jul. 2013 11:03H
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Redacción. Vitoria
El Departamento de Salud ha hecho público el procedimiento a seguir para que le sea reconocida la asistencia sanitaria a aquellas personas que, residiendo en la Comunidad, no son asegurados o beneficiarios del Sistema Nacional de Salud. La medida, que también afecta a las personas que ya tenían tarjeta individual sanitaria antes de la entrada en vigor del Real Decreto-Ley 16/2012, establece la expedición de un documento acreditativo para las solicitudes que sean aprobadas.

Jon Darpón, consejero de Salud.

A través de una orden publicada en el Boletín Oficial del País Vasco (BOPV), Salud se acoge al Decreto 114/2012, de 26 de junio, sobre régimen de las prestaciones sanitarias del Sistema Nacional de Salud en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Euskadi para llevar a cabo esta medida, de la que para beneficiarse es necesario haber estado empadronado en el País Vasco durante al menos un año antes de la presentación de la solicitud o haber tenido tarjeta individual sanitaria en Euskad cuando entró en vigor la reforma del Gobierno central.

El departamento que encabeza Jon Darpón se encargará de la valoración de las solicitudes, así como de la expedición de un documento identificativo en el caso de las que sean aprobadas. Dicho documento, de carácter personal e intransferible,  tendrá las mismas características físicas de las tarjetas de los asegurados con la única salvedad de especificar que su uso está limitado al País Vasco.

La orden también hace mención a la obligación por parte de los ciudadanos de informar en caso de producirse algún cambio en la situación de los beneficiarios, así como su facultad para comprobar si se ha producido alguna variación. En caso de revocarse el derecho a la asistencia por alguna falta, la Administración reclamará los gastos producidos al Sistema Vasco de Salud.

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