Entre otras cuestiones se confeccionarán con materiales que impidan su falsificación



7 ene. 2015 10:47H
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Redacción. Valencia
El Boletín Oficial del Estado (B.O.E.) recoge este miércoles la publicación del Acuerdo entre la Agencia española de medicamentos y productos sanitarios (Aemps) y la Comunidad Valenciana por el que se establecen las condiciones en la adquisición de talonarios de recetas oficiales de estupefacientes.

Manuel Llombart, consejero de Sanidad.

De este modo, el texto recoge que las recetas oficiales de estupefacientes en soporte papel para cumplimentación manual o informatizada se confeccionarán con materiales que impidan o dificulten su falsificación o mediante la introducción de medidas de seguridad en el sistema que garanticen su autenticidad.

Asimismo, la edición, elaboración y distribución de los talonarios de las recetas oficiales de estupefacientes para cumplimentación manual y de los vales de estupefacientes se realizará por el órgano competente de la comunidad autónoma que corresponda, o bien, en el supuesto del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria, por el organismo correspondiente de la Administración General del Estado, quien se responsabilizará de la gestión, control e inspección de la impresión así como de su entrega.

Además, los talonarios de recetas oficiales de estupefacientes para la asistencia sanitaria privada se distribuirán gratuitamente a los colegios oficiales de médicos y colegios de odontólogos en las cantidades que sean precisas a efectos de su entrega a los facultativos colegiados, con garantías suficientes de seguridad y sin cargo alguno.

En el caso descrito en el apartado anterior, el prescriptor al recibir el talonario de recetas oficiales de estupefacientes, firmará el documento de recepción, el cual quedará en poder del colegio o entidad que se lo hubiese facilitado.

Por su parte, el facultativo que cese en el ejercicio profesional en una determinada comunidad autónoma devolverá al colegio oficial correspondiente o a la entidad que se lo hubiese facilitado el talonario que tuviese en uso.
 
Conservación de cinco años

Por otro lado, en el colegio respectivo, se conservarán a disposición de las autoridades sanitarias competentes, durante al menos cinco años, los documentos y registros correspondientes de los talonarios entregados que contendrán, al menos, los datos identificativos del médico u odontólogo al que se le suministra, la fecha de entrega y el número de talonario.

En general, los talonarios de las recetas oficiales de estupefacientes del Sistema Nacional de Salud deberán estar expresamente editados a estos efectos, y serán de distribución exclusiva, por las administraciones sanitarias, a médicos y odontólogos.

Los vales de estupefacientes serán entregados gratuitamente, por el órgano competente de la comunidad autónoma que corresponda, a las entidades autorizadas que los soliciten y con carácter general se adecuarán a los criterios básicos y al modelo.

Por último, la duración del presente Acuerdo será desde el día de su firma, extendiendo su duración hasta el cumplimiento íntegro de las obligaciones establecidas. No obstante, podrá acordarse su prórroga, antes de su finalización, especificando el plazo por el que se prorrogue, así como las modificaciones del referido plazo.
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