Considera que se vulnera el derecho a huelga de los trabajadores afectados



25 jun. 2014 20:39H
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Redacción. Oviedo

Faustino Blanco.

La sala del contencioso- administrativo del Tribunal Supremo ha confirmado la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) por la que se anulaba la resolución de la Consejería de Sanidad en la que imponía los servicios mínimos en las huelgas sanitarias de octubre y noviembre de 2012, por vulnerar el derecho a huelga de los trabajadores afectados, cargando las costas procesales a la Administración.

El sindicato CCOO recuerda que recurrió en 2012 los servicios mínimos impuestos por Consejería de Sanidad en las huelgas. Ahora, el Tribunal Supremo rechaza el recurso del Gobierno del Principado ha confirmado la sentencia del TSJA al entender que los servicios mínimos no se ajustaban a derecho. Además el Tribunal Supremo habla de “deficiente técnica procesal” el recurso de casación presentado por la Administración.

Desde el sindicato han lamentado que quede “de manifiesto que el objetivo tanto del PP como del PSOE donde gobierna, es limitar el derecho a la huelga en el sector sanitario”, y afirma querer saber si va a ser el consejero de Sanidad, Faustino Blanco, el que se haga cargo de las cuantía económica de las costas procesales. “Parece que, como siempre, lo pagaremos todos los asturianos, es fácil tirar con pólvora ajena”, han manifestado.
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