El servicio de salud busca con esta normativa afirmar la estabilidad en el empleo



22 oct. 2014 10:23H
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Redacción. Oviedo
El Servicio de Salud del Principado de Asturias (Sespa) ha publicado en el boletín oficial de la comunidad, el decreto que regula los sistemas de provisión de puestos de trabajo singularizados y mandos intermedios. Con esta normativa el Sespa llena el vacío normativo que existía en el ámbito competencial del Principado de Asturias, respetando, en todo caso, las bases normativas dictadas en el ámbito estatal.

Con ello, señala la resolución, busca afirmar la estabilidad en el empleo, la planificación eficiente de los recursos humanos, la seguridad jurídica y la regulación de unos procedimientos de provisión asentados y transparentes con el fin de disponer de unos profesionales que ayuden a mejorar la atención sanitaria que se presta a los ciudadanos y usuarios de los servicios públicos.

La provisión de los puestos de trabajo se regirá por el sometimiento pleno a la ley y al derecho de las actuaciones en los procesos de provisión; por los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad; la objetividad, imparcialidad, agilidad y eficacia en la actuación de la comisión de valoración; la planificación eficiente de las necesidades de recursos y la integración en el régimen organizativo y funcional del Sespa.

Los puestos de trabajo, tanto sanitarios como no sanitarios, se proveerán con personal estatutario fijo mediante convocatoria pública por el sistema de concurso específico de méritos. Cuando se encuentre vacante un puesto singularizado o de mando intermedio, y sea urgente su provisión, podrá ser cubierto temporalmente en comisión de servicios con personal estatutario fijo que preste servicios en el Sistema Nacional de Salud.

Dentro de los méritos se valorarán los siguientes: el currículum profesional, cuya puntuación máxima no podrá exceder del 30 por ciento de la total ni ser inferior del 10 por ciento de la misma; el currículum formativo, en el que la puntuación máxima no podrá exceder del 35 por ciento y no podrá ser inferior del 10 por ciento; la antigüedad computará por años de servicio y se valorará el proyecto de gestión y organización relacionado con el puesto.

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